Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. (2025050104)
Orden de 30 de junio de 2025 por la que se modifican los anexos del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único y se deroga la Orden de 16 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025
38256
9.18. Trastornos específicos del sueño que, por su intensidad o repercusión funcional dificulten o limiten el normal desarrollo de las funciones del servicio.
9.19. Tumores cerebroespinales.
9.20. Cualquier enfermedad o trastorno neurológico que, bien por sí mismo, su evolución,
importancia pronostica o por el tratamiento requerido (específico y /o de larga duración)
dificulte o limite el desarrollo pleno de las funciones profesionales.
10. S
alud Mental. Esquizofrenias y otros trastornos psicóticos.
10.1 Trastornos mentales orgánicos y demencias, incluidos los sintomáticos de una afección somática general.
10.2 Trastornos bipolares, trastornos afectivos, Trastornos de ansiedad así como los secundarios a situaciones estresantes y somatomorfos.
10.3 Trastornos del comportamiento y/o de la personalidad, asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos, psicológicos y de las emociones, incompatibles con el
desempeño o la adaptación a los cometidos propios del servicio.
10.4 Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual emocional, práctico o social, incompatibles con las funciones del servicio o su adaptación al
mismo (cociente intelectual inferior a 90). Así como cualquier otra patología que a criterio
medico dificulte el desempeño de la labor policial.
11. P
iel y faneras.
11.1. Cualquier enfermedad de la piel o anejos, alteración dermatológica, o cicatrizal que
comprometa las funciones a desempeñar o impida el uso de la uniformidad reglamentaria
o, sus secuelas que afecten a la movilidad.
11.2. Lesiones cutáneas que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos
que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones del servicio, sean susceptibles de
empeoramiento con el aumento de los requerimientos operativos o precisen algún tipo de
tratamiento específico y/o de larga duración difícilmente compatible con las actividades
propias del servicio.
11.3. Dermopatías activas contagiosas.
12. S
angre y órganos hematopoyéticos.
Viernes 4 de julio de 2025
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9.18. Trastornos específicos del sueño que, por su intensidad o repercusión funcional dificulten o limiten el normal desarrollo de las funciones del servicio.
9.19. Tumores cerebroespinales.
9.20. Cualquier enfermedad o trastorno neurológico que, bien por sí mismo, su evolución,
importancia pronostica o por el tratamiento requerido (específico y /o de larga duración)
dificulte o limite el desarrollo pleno de las funciones profesionales.
10. S
alud Mental. Esquizofrenias y otros trastornos psicóticos.
10.1 Trastornos mentales orgánicos y demencias, incluidos los sintomáticos de una afección somática general.
10.2 Trastornos bipolares, trastornos afectivos, Trastornos de ansiedad así como los secundarios a situaciones estresantes y somatomorfos.
10.3 Trastornos del comportamiento y/o de la personalidad, asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos, psicológicos y de las emociones, incompatibles con el
desempeño o la adaptación a los cometidos propios del servicio.
10.4 Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual emocional, práctico o social, incompatibles con las funciones del servicio o su adaptación al
mismo (cociente intelectual inferior a 90). Así como cualquier otra patología que a criterio
medico dificulte el desempeño de la labor policial.
11. P
iel y faneras.
11.1. Cualquier enfermedad de la piel o anejos, alteración dermatológica, o cicatrizal que
comprometa las funciones a desempeñar o impida el uso de la uniformidad reglamentaria
o, sus secuelas que afecten a la movilidad.
11.2. Lesiones cutáneas que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos
que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones del servicio, sean susceptibles de
empeoramiento con el aumento de los requerimientos operativos o precisen algún tipo de
tratamiento específico y/o de larga duración difícilmente compatible con las actividades
propias del servicio.
11.3. Dermopatías activas contagiosas.
12. S
angre y órganos hematopoyéticos.