Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062570)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Arroyo Caballo", a realizar en el término municipal de Trujillo (Cáceres). Expte.: IA23/0521.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025

37892

Los accesos a la PSFV deberán hacerse por terrenos ajenos a la Vía Pecuaria. De acuerdo con el artículo 222 uso común prioritario, de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria
de Extremadura, otorga como uso principal de las Vías Pecuarias el tránsito de ganado,
por lo que debe quedar garantizada tanto la seguridad como la continuidad de esta.
De conformidad con lo anterior y examinada la nueva documentación aportada, en la
que se sitúa el cerramiento conforme al deslinde se informa favorablemente al proyecto
de planta fotovoltaica “Arroyo Caballo” 25 MWP/20 MWN e infraestructura de evacuación en el término municipal de Trujillo.
Cualquier actuación en terrenos de vías pecuarias, deberá contar con la correspondiente autorización de esta Dirección General, atendiendo a lo dispuesto en artículo 226 de
la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE 26/03/2015),
y a lo dispuesto en el Decreto 65/2022, de 8 de Junio del 2022 (DOE 14/06/2022) que
regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no
agrícola, en las vías pecuarias.
— La Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, tras sus 3 informes desfavorables de fechas 13 de agosto de 2024, 9 de octubre de 2024 y 13 de noviembre de
2024, finalmente, con fecha 23 de enero de 2025 informa favorablemente el expediente, pero condicionado expresamente al cumplimiento de las siguientes determinaciones
que deberán ser trasladadas de forma clara al promotor para su cumplimiento.
“El presente informe viene a completar el anteriormente emitido por esta Demarcación
de Carreteras con fecha 12/11/2024, en el cual se establecía la imposibilidad de emitir
informe favorable al expediente de referencia, toda vez que del estudio de deslumbramiento presentado se pronosticaba y deducía un grado de afección -por deslumbramiento de tipo “amarillo”- que consideramos inasumible para con determinado tramo
de la autovía extremeña A-58.
Sin perjuicio de lo reflejado el presente informe, se mantienen vigentes las determinaciones establecidas en otro informe emitido al respecto en agosto de 2024, remitido en
respuesta a su solicitud a esa misma Consejería (Dirección General de Sostenibilidad)
para el expediente de clave IA24/ 0521, sobre el estudio de impacto ambiental (tramitación ordinaria) y la calificación rústica de la instalación solar fotovoltaica de referencia. Este informe estaba dotado de clave URB019-2024-CC4, y mantiene sus términos
en vigor.
En la nueva versión del citado estudio de deslumbramiento (denominado “de reflejos”)
presentada, se ha diseñado una pantalla de ocultación de naturaleza vegetal (aparta-