Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2025062510)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura".
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 121
36654
Miércoles 25 de junio de 2025
— Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la sede electrónica corporativa, se regulan aspectos relativos a la identificación y autenticación electrónica y se
establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de
la Comunidad Autónoma.
— Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Carta de Derechos
de los Ciudadanos, se regulan las Cartas de Servicios y se definen los sistemas de
análisis y observación de la calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 139/2000, de 13 de junio, por la que se regula la Información Administrativa
y Atención al Ciudadano.
2.2.3. EUROPEA.
— Reglamento UE 2016/679 del Parlamento de Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
3. R
ELACIÓN DE LOS PRINCIPALES SERVICIOS PRESTADOS.
MISIÓN
El artículo 31 de la Constitución Española establece que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema
tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún
caso, tendrá alcance confiscatorio. Este sistema tiene su principal fundamento en la Ley
General Tributaria, que busca, entre otros aspectos, reforzar las garantías de las personas
contribuyentes y la seguridad jurídica, posibilitar la utilización de las nuevas tecnologías
y modernizar los procedimientos tributarios, regulando en sus artículos 29 y 34 tanto las
obligaciones como los derechos y garantías de las obligadas y obligados tributarios. En
este sentido, y para dar cumplimiento a los preceptos legales, la Dirección General de Tributos pone a disposición de la ciudadanía una serie de servicios para alcanzar una gestión
de calidad en la ayuda a la/el contribuyente con el objetivo de la superación continua en la
búsqueda de una administración tributaria moderna, accesible, eficiente y receptiva, cuya
prioridad la constituyan las personas.
36654
Miércoles 25 de junio de 2025
— Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la sede electrónica corporativa, se regulan aspectos relativos a la identificación y autenticación electrónica y se
establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de
la Comunidad Autónoma.
— Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Carta de Derechos
de los Ciudadanos, se regulan las Cartas de Servicios y se definen los sistemas de
análisis y observación de la calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Decreto 139/2000, de 13 de junio, por la que se regula la Información Administrativa
y Atención al Ciudadano.
2.2.3. EUROPEA.
— Reglamento UE 2016/679 del Parlamento de Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
3. R
ELACIÓN DE LOS PRINCIPALES SERVICIOS PRESTADOS.
MISIÓN
El artículo 31 de la Constitución Española establece que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema
tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún
caso, tendrá alcance confiscatorio. Este sistema tiene su principal fundamento en la Ley
General Tributaria, que busca, entre otros aspectos, reforzar las garantías de las personas
contribuyentes y la seguridad jurídica, posibilitar la utilización de las nuevas tecnologías
y modernizar los procedimientos tributarios, regulando en sus artículos 29 y 34 tanto las
obligaciones como los derechos y garantías de las obligadas y obligados tributarios. En
este sentido, y para dar cumplimiento a los preceptos legales, la Dirección General de Tributos pone a disposición de la ciudadanía una serie de servicios para alcanzar una gestión
de calidad en la ayuda a la/el contribuyente con el objetivo de la superación continua en la
búsqueda de una administración tributaria moderna, accesible, eficiente y receptiva, cuya
prioridad la constituyan las personas.