Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062505)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres para la puesta en marcha y gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Navalmoral de la Mata durante el año 2025.
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NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025
36275
Y corresponde a la Dirección General de Empresa, conforme al Decreto 234/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que
se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, le compete “el ejercicio
de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y modernización
de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores”.
Segundo. Por su parte, la Cámara de Comercio de Cáceres según su normativa reguladora,
Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene, en la forma y con la extensión que se determine por la Junta de Extremadura, entre otras, las siguientes funciones:
a) Proponer a las Administraciones Públicas cuantas reformas o medidas consideren necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y los servicios.
b) Colaborar en la elaboración, desarrollo, ejecución y seguimiento de los planes que se diseñen para el incremento de la competitividad del comercio, la industria y los servicios.
c) Colaborar con las Administraciones Públicas en labores de apoyo, asesoramiento, información y orientación a emprendedores y creación de empresas, especialmente en el
ámbito de las pequeñas y medianas empresas.
Es decir, acciones e iniciativas todas ellas relacionadas con el tejido empresarial regional y
que coinciden en áreas y objetivos comunes con actividades desarrolladas desde la Red PAE.
Tercero. Que los objetivos y alcance de las actuaciones realizadas por estas entidades presentan grandes complementariedades, de manera que, si establecen un adecuado marco de
colaboración se potenciarían, sin duda, los resultados a alcanzar, al llegar a un mayor volumen
de usuarios, posibilitando el desarrollo de un mayor nivel de actividades y, en definitiva, potenciando las sinergias que puedan existir entre las diferentes iniciativas.
Cuarto. De acuerdo con todo ello, las partes intervinientes consideran de especial interés la
instalación y puesta en marcha de un Punto de Acompañamiento Empresarial en el espacio del
que dispone la citada Cámara de Comercio en el edificio Vivero de Empresas en Navalmoral
de la Mata, Calle Don David González, s/n., desde el que se ofrecerán una serie de servicios
a todas aquellas personas emprendedoras o empresarias, independientemente de sus necesidades y del momento de desarrollo en el que se encuentren con su empresa, prestando
especial atención y dedicación al colectivo joven, la mujer y los desempleados, que pueden
encontrar en su propio proyecto empresarial una oportunidad para el autoempleo.
En base a lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes acuerdan la celebración del
presente convenio de colaboración con arreglo a las siguiente,
Martes 24 de junio de 2025
36275
Y corresponde a la Dirección General de Empresa, conforme al Decreto 234/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que
se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, le compete “el ejercicio
de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y modernización
de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores”.
Segundo. Por su parte, la Cámara de Comercio de Cáceres según su normativa reguladora,
Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene, en la forma y con la extensión que se determine por la Junta de Extremadura, entre otras, las siguientes funciones:
a) Proponer a las Administraciones Públicas cuantas reformas o medidas consideren necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y los servicios.
b) Colaborar en la elaboración, desarrollo, ejecución y seguimiento de los planes que se diseñen para el incremento de la competitividad del comercio, la industria y los servicios.
c) Colaborar con las Administraciones Públicas en labores de apoyo, asesoramiento, información y orientación a emprendedores y creación de empresas, especialmente en el
ámbito de las pequeñas y medianas empresas.
Es decir, acciones e iniciativas todas ellas relacionadas con el tejido empresarial regional y
que coinciden en áreas y objetivos comunes con actividades desarrolladas desde la Red PAE.
Tercero. Que los objetivos y alcance de las actuaciones realizadas por estas entidades presentan grandes complementariedades, de manera que, si establecen un adecuado marco de
colaboración se potenciarían, sin duda, los resultados a alcanzar, al llegar a un mayor volumen
de usuarios, posibilitando el desarrollo de un mayor nivel de actividades y, en definitiva, potenciando las sinergias que puedan existir entre las diferentes iniciativas.
Cuarto. De acuerdo con todo ello, las partes intervinientes consideran de especial interés la
instalación y puesta en marcha de un Punto de Acompañamiento Empresarial en el espacio del
que dispone la citada Cámara de Comercio en el edificio Vivero de Empresas en Navalmoral
de la Mata, Calle Don David González, s/n., desde el que se ofrecerán una serie de servicios
a todas aquellas personas emprendedoras o empresarias, independientemente de sus necesidades y del momento de desarrollo en el que se encuentren con su empresa, prestando
especial atención y dedicación al colectivo joven, la mujer y los desempleados, que pueden
encontrar en su propio proyecto empresarial una oportunidad para el autoempleo.
En base a lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes acuerdan la celebración del
presente convenio de colaboración con arreglo a las siguiente,