Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062475)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de urbanización de la UA 2.1.1 del Sector SUB 2.1 de uso global industrial del Plan General Municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es la Cooperativa Nuestra Señora de Perales, término municipal de Arroyo de San Serván. Expte.: IA21/149.
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025
35850
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de
urbanización de la UA 2.1.1 del Sector SUB 2.1 de uso global industrial
del Plan General Municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es la
Cooperativa Nuestra Señora de Perales, término municipal de Arroyo de San
Serván. Expte.: IA21/149. (2025062475)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de urbanización de la UA 2.1.1 del sector SUB 2.1 de uso global industrial del Plan
General Municipal de Arroyo de San Serván, a ejecutar en el término municipal de Arroyo de
San Serván, es encuadrable en el grupo 7) “Proyectos de infraestructuras”, epígrafe a) “Proyectos de urbanizaciones de polígonos industriales” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La promotora del
proyecto es la Cooperativa Nuestra Señora de Perales, con CIF F-06012355.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto llevar a cabo las obras de urbanización para completar
el viario que tiene la UA 2.1.1 del sector SUB 2.1 de uso global industrial del Plan General
Municipal de Arroyo de Serván, así como la ejecución de las instalaciones necesarias (red
de abastecimiento, saneamiento, suministro eléctrico y telecomunicaciones) y de la zona
verde.
Lunes 23 de junio de 2025
35850
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de
urbanización de la UA 2.1.1 del Sector SUB 2.1 de uso global industrial
del Plan General Municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es la
Cooperativa Nuestra Señora de Perales, término municipal de Arroyo de San
Serván. Expte.: IA21/149. (2025062475)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de urbanización de la UA 2.1.1 del sector SUB 2.1 de uso global industrial del Plan
General Municipal de Arroyo de San Serván, a ejecutar en el término municipal de Arroyo de
San Serván, es encuadrable en el grupo 7) “Proyectos de infraestructuras”, epígrafe a) “Proyectos de urbanizaciones de polígonos industriales” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La promotora del
proyecto es la Cooperativa Nuestra Señora de Perales, con CIF F-06012355.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto llevar a cabo las obras de urbanización para completar
el viario que tiene la UA 2.1.1 del sector SUB 2.1 de uso global industrial del Plan General
Municipal de Arroyo de Serván, así como la ejecución de las instalaciones necesarias (red
de abastecimiento, saneamiento, suministro eléctrico y telecomunicaciones) y de la zona
verde.