Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Expropiaciones. (2025040105)
Decreto 62/2025, de 17 de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "Abastecimiento a Almendralejo (Badajoz)".
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025
35757
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
DECRETO 62/2025, de 17 de junio, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "Abastecimiento a
Almendralejo (Badajoz)". (2025040105)
Proyecto cofinanciado por la Unión Europea
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible tiene atribuidas por Decreto
de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE número 140, de 21 de julio) en relación con el Decreto 233/2023, de 12
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible, las competencias de la Comunidad Autónoma en materia
de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras
hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura; así como la coordinación de las políticas de agua autonómica.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Abastecimiento a Almendralejo (Badajoz)” el proyecto fue aprobado en fecha 4 de septiembre de 2024, y en relación con el procedimiento expropiatorio se
ha practicado información pública mediante Anuncio de 4 de noviembre de 2024 (DOE n.º
228, de 22 de noviembre). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, incluida la publicación
en el BOE. Se han recibido alegaciones dentro del plazo concedido al efecto, habiendo sido
atendidas, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En anexo al presente decreto se publica la relación de bienes y derechos y titulares afectados a resultas del trámite
de información pública.
Almendralejo tiene una población censada de 34.237 habitantes en 2024, según los datos
del INE. Actualmente se abastece del agua procedente del río Guadiana, en una toma directa
situada aguas arriba de la desembocadura del río Matachel.
La captación consiste en una toma directa, el agua captada en superficie llega mediante dos
conductos de 800 mm, pasando bajo el cauce del río Matachel, hasta una estación de bombeo
Lunes 23 de junio de 2025
35757
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
DECRETO 62/2025, de 17 de junio, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "Abastecimiento a
Almendralejo (Badajoz)". (2025040105)
Proyecto cofinanciado por la Unión Europea
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible tiene atribuidas por Decreto
de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE número 140, de 21 de julio) en relación con el Decreto 233/2023, de 12
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible, las competencias de la Comunidad Autónoma en materia
de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras
hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura; así como la coordinación de las políticas de agua autonómica.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Abastecimiento a Almendralejo (Badajoz)” el proyecto fue aprobado en fecha 4 de septiembre de 2024, y en relación con el procedimiento expropiatorio se
ha practicado información pública mediante Anuncio de 4 de noviembre de 2024 (DOE n.º
228, de 22 de noviembre). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, incluida la publicación
en el BOE. Se han recibido alegaciones dentro del plazo concedido al efecto, habiendo sido
atendidas, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En anexo al presente decreto se publica la relación de bienes y derechos y titulares afectados a resultas del trámite
de información pública.
Almendralejo tiene una población censada de 34.237 habitantes en 2024, según los datos
del INE. Actualmente se abastece del agua procedente del río Guadiana, en una toma directa
situada aguas arriba de la desembocadura del río Matachel.
La captación consiste en una toma directa, el agua captada en superficie llega mediante dos
conductos de 800 mm, pasando bajo el cauce del río Matachel, hasta una estación de bombeo