Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Expropiaciones. (2025040102)
Decreto 59/2025, de 17 de junio, por el que se declara urgente la ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Proyecto de depuración de la localidad de Rincón de Ballesteros en el término municipal de Cáceres".
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025

I

35753

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
DECRETO 59/2025, de 17 de junio, por el que se declara urgente la ocupación
por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de los bienes y derechos necesarios
en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de
la obra denominada "Proyecto de depuración de la localidad de Rincón de
Ballesteros en el término municipal de Cáceres". (2025040102)
Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Cáceres en su sesión celebrada el día 16 de mayo
de 2024 se aprobó el proyecto técnico para la ejecución de la obra denominada “Proyecto de
depuración de la localidad de Rincón de Ballesteros en el término municipal de Cáceres”.
En la memoria de Alcaldía de fecha 3 de mayo de 2024, se justificaba la necesidad y urgente ocupación, señalando que, Rincón de Ballesteros, en la actualidad, cuenta con una fosa
séptica como paso previo de depuración antes del vertido de las aguas residuales al cauce
público y, en concreto, este sistema de depuración no cumple los parámetros de vertidos al
cauce público.
Desde el Servicio de Inspección Municipal del Ayuntamiento de Cáceres se solicitó a Canal
de Isabel II, concesionaria del servicio del ciclo integral del agua, la redacción del proyecto
de depuración de Rincón de Ballesteros, siendo la ejecución del citado proyecto necesaria
para poder cumplir con los parámetros de vertidos de las aguas residuales urbanas de dicha
localidad.
Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución de las obras de la nueva depuradora otorgado
por el organismo de cuenca es de un año y que, además, se ha incoado expediente sancionador por el citado organismo, debe tramitarse el expediente de expropiación de los terrenos
necesarios para la ejecución de la obra con carácter de urgencia, con el fin de ejecutar las
obras lo antes posible y poder así cumplir con las condiciones de la autorización de vertidos
otorgada y, ante todo, actuando en el convencimiento de que debe intervenirse de forma inmediata al objeto de evitar que, con el incumplimiento actual de los parámetros de vertidos,
se causen daños medioambientales significativos en el ecosistema.
Por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión plenaria celebrada en fecha 16 de mayo de 2024 se
adoptó acuerdo por el que se aprobaba inicialmente la relación de los propietarios y titulares
de derechos afectados por el procedimiento de expropiación, acordando asimismo solicitar al
Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de urgente ocupación.