Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Notificaciones. (2025081021)
Anuncio de 12 de junio de 2025 sobre notificación de resoluciones por las que se estiman las solicitudes de concesión y de pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, campaña 2024 (Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General), gestionadas por el Servicio de Ayudas Complementarias.
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NÚMERO 119
Lunes 23 de junio de 2025
36254
mún de las Administraciones Públicas, todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan
interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Los recursos administrativos y, en su caso, documentación que se adjunte podrán presentarse tanto en las oficinas del Registro General de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura como en las de los Centros de Atención
Administrativa y en las Oficinas de Respuesta Personalizada, que estuvieren habilitadas o en
los demás lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por
el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas
del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que igualmente estuvieren habilitados a tal fin, y de conformidad con lo establecido en materia de registro de
documentos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y se dirigirán al Servicio de Ayudas Complementarias de la
Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, en la avenida de Luis Ramallo, s/n., 06800 Mérida (Badajoz), con
indicación del número de expediente asignado a su solicitud de ayuda.
Se ha habilitado para la presentación de la referida documentación, en el Portal Juntaex.es, plataforma Arado, el trámite “Propuestas Provisionales Z.Limitaciones.Nat”.
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/login, en la campaña 2024.
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la citada Ley
39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las entidades colaboradoras se regirán, al respecto, por lo establecido en el correspondiente convenio
de colaboración.
Mérida, 12 de junio de 2025. La Jefa de Servicio de Ayudas Complementarias, CLARA ÁLVAREZ
FERNÁNDEZ.
Lunes 23 de junio de 2025
36254
mún de las Administraciones Públicas, todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan
interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Los recursos administrativos y, en su caso, documentación que se adjunte podrán presentarse tanto en las oficinas del Registro General de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura como en las de los Centros de Atención
Administrativa y en las Oficinas de Respuesta Personalizada, que estuvieren habilitadas o en
los demás lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por
el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas
del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que igualmente estuvieren habilitados a tal fin, y de conformidad con lo establecido en materia de registro de
documentos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y se dirigirán al Servicio de Ayudas Complementarias de la
Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, en la avenida de Luis Ramallo, s/n., 06800 Mérida (Badajoz), con
indicación del número de expediente asignado a su solicitud de ayuda.
Se ha habilitado para la presentación de la referida documentación, en el Portal Juntaex.es, plataforma Arado, el trámite “Propuestas Provisionales Z.Limitaciones.Nat”.
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/login, en la campaña 2024.
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la citada Ley
39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las entidades colaboradoras se regirán, al respecto, por lo establecido en el correspondiente convenio
de colaboración.
Mérida, 12 de junio de 2025. La Jefa de Servicio de Ayudas Complementarias, CLARA ÁLVAREZ
FERNÁNDEZ.