Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2025062491)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Universidad, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a favor del Centro Asociado UNED de Plasencia para financiar actuaciones del Centro Asociado de la UNED Plasencia durante 2025.
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NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025
35681
Los importes considerados debidamente justificados conforme a las reglas anteriores serán
tenidos en cuenta para el cálculo del 60% mínimo para determinar si procede el reintegro
parcial o total de la cuantía global concedida de la subvención.
Sin perjuicio de lo anterior, la actividad subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Décimo tercero. Compatibilidad.
Esta subvención es compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes
de las mismas, tanto nacionales como internacionales, y otras personas físicas o jurídicas de
naturaleza privada. No obstante, el importe de la subvención ya sea por sí sola o en concurrencia con otra u otras ayudas, no podrá superar el coste total de la actividad objeto de la
subvención.
No obstante, el Centro Asociado de la UNED de Plasencia comunicará la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá efectuarse en el momento que adquiera firmeza la concesión de
la ayuda compatible y en todo caso, antes de la justificación del 100% de esta subvención.
Décimo cuarto. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento por parte del Centro Asociado de la UNED de Plasencia, del destino, finalidad o justificación dentro del plazo concedido, así como la concurrencia de alguna de las
causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar, previa audiencia al interesado, al reintegro
de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago
de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público.
Si la inversión final justificada no alcanzase el 60% del total de la subvención, el incumplimiento será total procediendo el reintegro total de la subvención concedida.
En el supuesto de que la inversión justificada fuera igual o superior al 60% del total de la ayuda concedida, pero no alcanzase el 100% del total de la misma, se procederá a la revocación
parcial de la misma, siendo la cuantía a reintegrar directamente proporcional al porcentaje no
justificado, siempre y cuando se mantengan el destino y finalidad para la cual fue concedida
dicha subvención.
Viernes 20 de junio de 2025
35681
Los importes considerados debidamente justificados conforme a las reglas anteriores serán
tenidos en cuenta para el cálculo del 60% mínimo para determinar si procede el reintegro
parcial o total de la cuantía global concedida de la subvención.
Sin perjuicio de lo anterior, la actividad subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Décimo tercero. Compatibilidad.
Esta subvención es compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes
de las mismas, tanto nacionales como internacionales, y otras personas físicas o jurídicas de
naturaleza privada. No obstante, el importe de la subvención ya sea por sí sola o en concurrencia con otra u otras ayudas, no podrá superar el coste total de la actividad objeto de la
subvención.
No obstante, el Centro Asociado de la UNED de Plasencia comunicará la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá efectuarse en el momento que adquiera firmeza la concesión de
la ayuda compatible y en todo caso, antes de la justificación del 100% de esta subvención.
Décimo cuarto. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento por parte del Centro Asociado de la UNED de Plasencia, del destino, finalidad o justificación dentro del plazo concedido, así como la concurrencia de alguna de las
causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, dará lugar, previa audiencia al interesado, al reintegro
de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago
de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público.
Si la inversión final justificada no alcanzase el 60% del total de la subvención, el incumplimiento será total procediendo el reintegro total de la subvención concedida.
En el supuesto de que la inversión justificada fuera igual o superior al 60% del total de la ayuda concedida, pero no alcanzase el 100% del total de la misma, se procederá a la revocación
parcial de la misma, siendo la cuantía a reintegrar directamente proporcional al porcentaje no
justificado, siempre y cuando se mantengan el destino y finalidad para la cual fue concedida
dicha subvención.