Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040101)
Extracto de la convocatoria incluida en el Decreto 49/2025, de 3 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025
35325
— Línea de ayuda 2: instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de
caídas en altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de
líneas de vida permanentes (Norma UNE EN795 Clase C o D con especificación CEN/TS
16415:2013).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto
y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía.
La cuantía total de la presente convocatoria asciende a la cantidad de doscientos mil euros
(200.000,00 €) y se financiará con cargo a los se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024,
de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2024, prorrogados durante el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su
caso, la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2025, imputándose a las aplicaciones presupuestarias
14012.325A.770.00 y 14012.325A.780.00, proyecto de gasto 20240275 “fomento para la
protección de la siniestralidad en Extremadura”, siendo la fuente de financiación fondos de la
Comunidad Autónoma.
La cuantía de las subvenciones es la siguiente:
— Para la línea de ayuda 1 de retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que
contengan materiales con amianto, la cuantía de la subvención por los gastos derivados
de la manipulación, retirada, transporte y gestión del material consistirá en un porcentaje del 85% de la inversión subvencionable (de las facturas presentadas), con un
máximo de 20.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionable por
metro cuadrado de cubierta que contenga materiales con amianto es de 25 euros por
metro cuadrado.
— Para la línea de ayuda 2 de instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas de altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la
instalación de líneas de vida permanentes. La cuantía de la subvención por los gastos
derivados (coste de la instalación, costes de nota de cálculo de diseño, certificaciones
de instalación por personal técnico y pruebas de tracción del sistema) consistirá en un
porcentaje del 50% de la inversión (facturas presentadas), con un máximo de 5.000
Jueves 19 de junio de 2025
35325
— Línea de ayuda 2: instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de
caídas en altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de
líneas de vida permanentes (Norma UNE EN795 Clase C o D con especificación CEN/TS
16415:2013).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto
y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía.
La cuantía total de la presente convocatoria asciende a la cantidad de doscientos mil euros
(200.000,00 €) y se financiará con cargo a los se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024,
de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2024, prorrogados durante el ejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su
caso, la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2025, imputándose a las aplicaciones presupuestarias
14012.325A.770.00 y 14012.325A.780.00, proyecto de gasto 20240275 “fomento para la
protección de la siniestralidad en Extremadura”, siendo la fuente de financiación fondos de la
Comunidad Autónoma.
La cuantía de las subvenciones es la siguiente:
— Para la línea de ayuda 1 de retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que
contengan materiales con amianto, la cuantía de la subvención por los gastos derivados
de la manipulación, retirada, transporte y gestión del material consistirá en un porcentaje del 85% de la inversión subvencionable (de las facturas presentadas), con un
máximo de 20.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionable por
metro cuadrado de cubierta que contenga materiales con amianto es de 25 euros por
metro cuadrado.
— Para la línea de ayuda 2 de instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas de altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la
instalación de líneas de vida permanentes. La cuantía de la subvención por los gastos
derivados (coste de la instalación, costes de nota de cálculo de diseño, certificaciones
de instalación por personal técnico y pruebas de tracción del sistema) consistirá en un
porcentaje del 50% de la inversión (facturas presentadas), con un máximo de 5.000