Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

CÓDIGO SIA
3167979

35323

Retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la
instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de
trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Título del trámite
RESPONSABLE DEL Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
TRATAMIENTO: Dirección: Edificio III Milenio Avda. Valhondo s/n Módulo 6, 1ª planta Mérida 06800
Teléfono: 924005262
Correo electrónico: dgt.eetd@juntaex.es
Delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es
FINALIDAD DEL Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de tramitación de las subvenciones
TRATAMIENTO: destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de
medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la comunidad autónoma de
Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
LEGITIMACIÓN
La base legal para los tratamientos indicados en el Reglamento Europeo (UE) 2016/679 relativo a
DEL TRATAMIENTO protección en el tratamiento de datos personales (RGPD): 6.1C) tratamiento necesario para el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento y en el artículo 8 de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
Plazos o criterios de conservación de los datos: La información será conservada hasta la finalización
PLAZO DE
CONSERVACIÓN de la convocatoria tramitación del procedimiento de concesión, y posteriormente durante los plazos
DE LOS DATOS legalmente previstos en la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal los pueda reclamar.
Cumplidos estos plazos el expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico de acuerdo con la
normativa vigente.
DESTINATARIOS: Los datos podrán ser comunicados a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin
precisar el previo consentimiento de la persona interesada, cuando así lo prevea una norma de
Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como
consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque se deberá informar de este tratamiento
a la persona interesada, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 RGPD.
DERECHOS DE LAS Le informamos que en cualquier momento puede solicitar el acceso a sus datos personales, Asimismo
PERSONAS
tiene derecho a la rectificación de los datos inexactos o en su caso solicitar la supresión cuando, entre
otros motivos, los datos no sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, a la limitación del
INTERESADAS:
tratamiento, su oposición al mismo, así como a la portabilidad de los datos personales.
Estos derechos podrá ejercerlos presentando la correspondiente solicitud en el Sistema de Registro
Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos
públicos vinculados o dependientes, o remitidos por correo postal en la dirección Edificio lll Milenio
Avda. Valhondo s/n Módulo 6, 1ª planta, Mérida 06800.
El plazo máximo a resolver es el de un mes a contar desde la recepción de la solicitud, pudiendo ser
prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad
de la misma.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el
supuesto de que considere que el ejercicio de sus derechos no ha sido atendido convenientemente, a
través de su sede electrónica o en su domicilio: c/ Jorge Juan 6, 28001, Madrid
PROCEDENCIA DE Proceden de la persona interesada.
LOS DATOS: