Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

CÓDIGO SIA
3167979

35316

Retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la
instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de
trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Todos los datos expuestos en esta solicitud son correctos y veraces, comprometiéndose la persona o entidad
solicitante aportar los documentos probatorios que se soliciten o los datos adicionales que se requieran para la
comprobación de lo declarado. Asimismo, se reintegrarán, en su caso, las cantidades recibidas, con los intereses
legales correspondientes, en caso de que se declare el incumplimiento de las obligaciones adquiridas o los
requisitos y condiciones tenidos en cuenta para su concesión.
En _________________________________, a ___ de _________________ de ________.
(Firma y sello de la persona o entidad solicitante)
_____________________________________________ N.I.F._____________________
(NOMBRE Y APELLIDOS DEL/DE LA SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL)
11. COMPROBACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
11.1. VERIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES DE LA PERSONA SOLICITANTE Y/O DEL
REPRESENTANTE EN CASO DE PERSONA JURÍDICA
La Administración competente de la tramitación de este procedimiento que incluye una actividad de tratamiento de
datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos personales de la persona solicitante en el
caso en que la entidad solicitante sea una persona física o de la persona que ostente la representación legal en el
caso en que la entidad solicitante sea una persona jurídica, manifestados en esta solicitud en virtud de la Disposición
adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de
los derechos digitales.
11.2. OPOSICIÓN A LA CONSULTA DE OFICIO POR EL ÓRGANO GESTOR DE DATOS Y
DOCUMENTOS (SOLO RELLENAR CUANDO LA ENTIDAD SE OPONGA A QUE EL ÓRGANO
GESTOR REALICE LA CONSULTA DE OFICIO)
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas
podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que la Dirección
General competente en materia efectúe dicha comprobación, deberá ejercitar la oposición por tratamiento concreto
y en base a motivos derivados de su situación personal, quedando condicionada la tramitación del procedimiento a
la aportación, por su parte, de la documentación actualizada que acredita el cumplimiento de los requisitos. La
representación legal de la entidad solicitante, que presenta y firma esta solicitud:


Se opone a que la Dirección General competente en materia de trabajo consulte el informe original expedido
por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad solicitante de la ayuda
desde los doce meses anteriores a la fecha de la solicitud, referido al centro de trabajo donde se va a realizar
la actuación subvencionable, por los motivos derivados de mi situación personal: (Especificar motivo a
continuación)
Aportando informe de vida laboral de la entidad solicitante.