Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

CÓDIGO SIA
CÓDIGO SIA
3167979
3167979

35314

Retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y
Retirada
de cubiertas
ligeras
contengan
amianto
y
la instalación
de medidas
deque
protección
demateriales
caídas de con
altura
en los
la
instalación
de
medidas
de
protección
de
caídas
de
altura
en
los
centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura

8. ACTUACIONES PARA LAS QUE SE SOLICITA LA AYUDA PARA EL CENTRO DE TRABAJO
8.
ACTUACIONES
(Indicar
una o ambas) PARA LAS QUE SE SOLICITA LA AYUDA PARA EL CENTRO DE TRABAJO
(Indicar una o ambas)
☐ LÍNEA 1. Retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto.
☐ LÍNEA 1. Retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto.
☐ LÍNEA 2. Instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas en altura en trabajos de

LÍNEA 2. Instalación
los centros
de trabajo
de medidas
protección de caídas en altura en trabajos de
mantenimiento
en cubiertasen
mediante
la instalación
de líneas
de vidade
permanentes.
mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes.
8.1. CUANTÍA DE LA INVERSIÓN SOLICITADA
8.1. CUANTÍA DE LA INVERSIÓN SOLICITADA
☐ LÍNEA 1. Retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con

LÍNEA 1. Retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con
amianto.
amianto.
☐ LÍNEA 2. Instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas en altura

en los
demediante
trabajo delamedidas
de de
protección
caídas
en altura
en LÍNEA
trabajos 2.
deInstalación
mantenimiento
encentros
cubiertas
instalación
líneas dede
vida
permanentes.
en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes.
☐ ACTUACIÓN CONJUNTA
☐ ACTUACIÓN CONJUNTA
9. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS
9.
DECLARACIÓN
EL CUMPLIMIENTO
DE LOSPÚBLICAS
REQUISITOS
EXIGIDOS
PARA
OBTENER LARESPONSABLE
CONDICIÓN DESOBRE
BENEFICIARIA
Y OTRAS AYUDAS
SOLICITADAS
PARA
OBTENER
LA
CONDICIÓN
DE
BENEFICIARIA
Y
OTRAS
AYUDAS
PÚBLICAS
SOLICITADAS
O RECIBIDAS POR LA ENTIDAD SOLICITANTE
O RECIBIDAS POR LA ENTIDAD SOLICITANTE
1. El/La que suscribe conoce y acepta las bases reguladoras de esta subvención, establecidas por el Decreto 49/2025, de
1.
El/La
quepor
suscribe
y acepta
las bases reguladoras
subvención,
establecidas
Decreto 49/2025,
de
3 de
junio,
el queconoce
se establecen
subvenciones
destinadasdea esta
la retirada
de cubiertas
ligeraspor
queelcontengan
materiales
3
de
junio,
por
el
que
se
establecen
subvenciones
destinadas
a
la
retirada
de
cubiertas
ligeras
que
contengan
materiales
con amianto y medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de
con
amianto yy se
medidas
de caídas de
altura en
los centros
de trabajo de laRESPONSABLE:
Comunidad Autónoma de
Extremadura
apruebadela protección
primera convocatoria,
y efectúa
la siguiente
DECLARACIÓN
Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, y efectúa la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE:
Que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Que
en aplicación
de lodedispuesto
en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad
Autónoma
Extremadura:
Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Que la entidad solicitante no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de
a)
Que lasubvenciones
entidad solicitante
no ha
sido condenada
mediante
sentencia firme
a la pena
de pérdidadedecaudales
la posibilidad
de
obtener
o ayudas
públicas
o por delitos
de prevaricación,
cohecho,
malversación
públicos,
obtener
subvenciones
o
ayudas
públicas
o
por
delitos
de
prevaricación,
cohecho,
malversación
de
caudales
públicos,
tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
b) Que la entidad solicitante no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente en
b)
Que la procedimiento,
entidad solicitante
ha solicitado
de concurso
ni halasido
declarada
cualquier
ni senohalla
declaradalaendeclaración
concurso, salvo
que éstevoluntario,
haya adquirido
eficacia
de uninsolvente
convenio, en
ni
cualquier
procedimiento,
ni
se
halla
declarada
en
concurso,
salvo
que
éste
haya
adquirido
la
eficacia
de
un
convenio,
ni
está sujeta a intervención judicial, ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, del 9 de julio, Concursal
sin que
está
sujeta
a
intervención
judicial,
ni
ha
sido
inhabilitada
conforme
a
la
Ley
22/2003,
del
9
de
julio,
Concursal
sin
que
haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Que la entidad solicitante no ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme
c)
la entidad
solicitante
no ha
lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme
de Que
cualquier
contrato
celebrado
condado
la Administración.
de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) Que la entidad solicitante, administrador de la sociedad mercantil o aquellos que ostenten la representación legal de la
d)
Que la
entidad solicitante,
administrador
dealguno
la sociedad
aquellos
que ostenten la
representación
de la
entidad
solicitante,
no se encuentra
incurso en
de losmercantil
supuestoso de
incompatibilidades
que
establezca la legal
normativa
entidad
solicitante,
no
se
encuentra
incurso
en
alguno
de
los
supuestos
de
incompatibilidades
que
establezca
la
normativa
vigente.
vigente.
e) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la
e)
Que se encuentre
al corriente
el cumplimiento
de las
tributarias
condelaExtremadura.
Hacienda Estatal y frente a la
Seguridad
Social, y que
no tiene en
deudas
con la Hacienda
deobligaciones
la Comunidad
Autónoma
Seguridad Social, y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Que la entidad solicitante no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso
f)
Que la entidad solicitante no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso
fiscal.
fiscal.
g) Que la entidad solicitante se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) Que la entidad solicitante se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
h) Que la entidad solicitante no ha sido sancionada, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener
h)
Que la entidad
solicitante
no hacon
sidorango
sancionada,
subvenciones
en virtud
de norma
de ley. mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones en virtud de norma con rango de ley.
i) Que, en el caso de entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
i)
Que, en el caso
deComunidad
entidades sin
personalidad
jurídica previstas
en eldeartículo
10.3 de se
la Ley
de marzo
de
Subvenciones
de la
Autónoma
de Extremadura,
ninguno
sus miembros
halla6/2011,
incursode
en23
ninguna
de las
Subvenciones
de
la
Comunidad
Autónoma
de
Extremadura,
ninguno
de
sus
miembros
se
halla
incurso
en
ninguna
de
las
prohibiciones de los apartados anteriores.
prohibiciones de los apartados anteriores.