Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025
35295
2. L
as inversiones objeto de subvención, enumeradas en el apartado 1 de este artículo, deberán realizarse a partir de la publicación de ésta en el Diario Oficial de Extremadura (http://
doe.juntaex.es) hasta máximo la finalización del periodo de justificación conforme a lo
establecido en el apartado decimosegundo.
3. E
stas actuaciones subvencionables estarán sujetas a los requisitos de ejecución enumerados en el artículo 4.3 y 4.4. de este decreto.
Cuarto. Procedimiento de concesión y convocatoria.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. E
l plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.
juntaex.es), conforme a lo establecido en el artículo 11 del presente decreto.
2. L
a presentación de las solicitudes fuera de plazo establecido dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Lugar y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se señala en el artículo 12 del decreto
por el que se establecen las bases reguladoras de la presente convocatoria, se tramitarán a
través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/w/0697724 desde donde se habilitará el acceso a sede electrónica
asociada para presentar la solicitud.
Séptimo. Solicitud y documentación.
1. S
e presentará una solicitud de ayuda por cada centro de trabajo en el cual quiera realizarse
la actividad subvencionada, tanto de forma individual como conjunta.
2. La solicitud, que se formalizará mediante el modelo normalizado que se adjunta como
anexo I firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos los extremos debe
acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:
Jueves 19 de junio de 2025
35295
2. L
as inversiones objeto de subvención, enumeradas en el apartado 1 de este artículo, deberán realizarse a partir de la publicación de ésta en el Diario Oficial de Extremadura (http://
doe.juntaex.es) hasta máximo la finalización del periodo de justificación conforme a lo
establecido en el apartado decimosegundo.
3. E
stas actuaciones subvencionables estarán sujetas a los requisitos de ejecución enumerados en el artículo 4.3 y 4.4. de este decreto.
Cuarto. Procedimiento de concesión y convocatoria.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. E
l plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.
juntaex.es), conforme a lo establecido en el artículo 11 del presente decreto.
2. L
a presentación de las solicitudes fuera de plazo establecido dará lugar a la inadmisión
de las mismas sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Lugar y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se señala en el artículo 12 del decreto
por el que se establecen las bases reguladoras de la presente convocatoria, se tramitarán a
través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite
https://www.juntaex.es/w/0697724 desde donde se habilitará el acceso a sede electrónica
asociada para presentar la solicitud.
Séptimo. Solicitud y documentación.
1. S
e presentará una solicitud de ayuda por cada centro de trabajo en el cual quiera realizarse
la actividad subvencionada, tanto de forma individual como conjunta.
2. La solicitud, que se formalizará mediante el modelo normalizado que se adjunta como
anexo I firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos los extremos debe
acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación: