Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2025062225)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
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NÚMERO 110
33365
Martes 10 de junio de 2025
ANEXO XIII
AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS ESPECÍFICOS DE CICLOS
FORMATIVOS DE GRADO BASICO
SELECCIÓN DE FORMADORES
Detalle
Puntos
1.- Situación laboral:
I.1. Ser demandante de primer empleo.
1.00
I.2. Por cada mes completo correspondiente al último periodo
como demandante de empleo.
0,08
II.- Experiencia docente:
a)
Máximo
Documentos Justificativos
1.00
Vida Laboral.
2.00
Copia compulsada del contrato y/o certificado de la
Delegación Provincial de Educación y Vida Laboral.
5
Certificación académica personal en la que conste la
nota media del expediente, así como las puntuaciones
obtenidas en todas y cada una de las asignaturas y
cursos exigidos para la obtención del título alegado.
Para Módulos formativos específicos
II.1. Por cada mes completo de experiencia docente en
materias/módulos de la misma familia profesional en Centros 0,10
Educativos públicos o privados.
II.2. Por cada 40 horas o fracción de experiencia docente como
formador en programas de cualificación profesional inicial, 0,05
programas específicos de formación profesional o formación para
el empleo de la misma familia profesional subvencionados por la
Administración Educativa o laboral.
b)
Para Módulos formativos de carácter general
II.3. Por cada mes completo de experiencia docente en Centros 0,10
Educativos públicos o privados.
II.4. Por cada 40 horas o fracción de experiencia docente en
enseñanzas de personas adultas, módulos generales de programas 0,05
de cualificación profesional inicial, formación profesional básica o
formación para el empleo subvencionados por la Administración
Educativa o laboral
III.- Formación Académica:
III.1 Expediente académico en el titulo alegado: Se valorará
exclusivamente la nota media del expediente académico del título
alegado, siempre que el título alegado se corresponda con el nivel
de titulación exigido con carácter general.
1,00
Desde 6,00 hasta 7,5
1,50
Desde 7,51 hasta 10
En los casos en que la certificación académica
personal no figure la nota media con expresión
numérica, se aplicarán las equivalencias: Aprobado o
apto: Cinco, Bien: Seis, Notable: Siete, Sobresaliente:
Nueve, Matrícula de Honor: Diez
III.2. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios
Avanzados (RD 778/1998, de 30 de Abril) o el título Oficial de 1,00
Master (RD 56/2005, de 21 de Enero) siempre que no sean
requisitos para el ingreso
III.3. Por poseer el título de doctor.
1,00
III.4.Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado.
0,50
Certificación o copia compulsada
administrativo correspondiente.
del
título
Certificación académica o copia compulsada del título
de Doctor o, en su caso, certificación del abono de
los derechos de su expedición.
III.5.Por cada Título de Diplomado, Licenciado o Doctor,
diferente al alegado para acceder a la convocatoria.
1.00
IV.- Formación Específica Profesional:
2.00
IV.1. Por formación específica (cursos, seminarios, …),
directamente relacionado con la especialidad a la que se opta o
con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la
educación, la didáctica, la psicopedagogía y la sociología de la
educación, reconocidos por la Administración Educativa. Por cada
actividad:
A) De 20 a 50 horas.
0,25
Copia compulsada del certificado acreditativo
expedido y homologado por la Administración
Educativa, que conste de modo expreso el número de
horas de duración o el número de créditos, la fecha
inicio y fin.
33365
Martes 10 de junio de 2025
ANEXO XIII
AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS ESPECÍFICOS DE CICLOS
FORMATIVOS DE GRADO BASICO
SELECCIÓN DE FORMADORES
Detalle
Puntos
1.- Situación laboral:
I.1. Ser demandante de primer empleo.
1.00
I.2. Por cada mes completo correspondiente al último periodo
como demandante de empleo.
0,08
II.- Experiencia docente:
a)
Máximo
Documentos Justificativos
1.00
Vida Laboral.
2.00
Copia compulsada del contrato y/o certificado de la
Delegación Provincial de Educación y Vida Laboral.
5
Certificación académica personal en la que conste la
nota media del expediente, así como las puntuaciones
obtenidas en todas y cada una de las asignaturas y
cursos exigidos para la obtención del título alegado.
Para Módulos formativos específicos
II.1. Por cada mes completo de experiencia docente en
materias/módulos de la misma familia profesional en Centros 0,10
Educativos públicos o privados.
II.2. Por cada 40 horas o fracción de experiencia docente como
formador en programas de cualificación profesional inicial, 0,05
programas específicos de formación profesional o formación para
el empleo de la misma familia profesional subvencionados por la
Administración Educativa o laboral.
b)
Para Módulos formativos de carácter general
II.3. Por cada mes completo de experiencia docente en Centros 0,10
Educativos públicos o privados.
II.4. Por cada 40 horas o fracción de experiencia docente en
enseñanzas de personas adultas, módulos generales de programas 0,05
de cualificación profesional inicial, formación profesional básica o
formación para el empleo subvencionados por la Administración
Educativa o laboral
III.- Formación Académica:
III.1 Expediente académico en el titulo alegado: Se valorará
exclusivamente la nota media del expediente académico del título
alegado, siempre que el título alegado se corresponda con el nivel
de titulación exigido con carácter general.
1,00
Desde 6,00 hasta 7,5
1,50
Desde 7,51 hasta 10
En los casos en que la certificación académica
personal no figure la nota media con expresión
numérica, se aplicarán las equivalencias: Aprobado o
apto: Cinco, Bien: Seis, Notable: Siete, Sobresaliente:
Nueve, Matrícula de Honor: Diez
III.2. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios
Avanzados (RD 778/1998, de 30 de Abril) o el título Oficial de 1,00
Master (RD 56/2005, de 21 de Enero) siempre que no sean
requisitos para el ingreso
III.3. Por poseer el título de doctor.
1,00
III.4.Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado.
0,50
Certificación o copia compulsada
administrativo correspondiente.
del
título
Certificación académica o copia compulsada del título
de Doctor o, en su caso, certificación del abono de
los derechos de su expedición.
III.5.Por cada Título de Diplomado, Licenciado o Doctor,
diferente al alegado para acceder a la convocatoria.
1.00
IV.- Formación Específica Profesional:
2.00
IV.1. Por formación específica (cursos, seminarios, …),
directamente relacionado con la especialidad a la que se opta o
con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la
educación, la didáctica, la psicopedagogía y la sociología de la
educación, reconocidos por la Administración Educativa. Por cada
actividad:
A) De 20 a 50 horas.
0,25
Copia compulsada del certificado acreditativo
expedido y homologado por la Administración
Educativa, que conste de modo expreso el número de
horas de duración o el número de créditos, la fecha
inicio y fin.