Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. Premios. (2025050087)
Orden de 14 de mayo de 2025 por la que se convocan los Premios Extremeños del Deporte en su edición de 2024.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025

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5)Cuando las candidaturas opten a las modalidades de Mejor Entidad Deportiva y Mejor Entidad Local será necesaria la presentación, junto a la solicitud, de una Memoria de Actividades realizadas por la entidad propuesta durante los años 2023 y 2024.
6)Cuando se trate de candidaturas que opten a la modalidad de Mejor Evento Deportivo de
2024 deberá presentarse una Memoria del evento y acreditar que el mismo ha cumplido
con toda la normativa vigente en materia de espectáculos públicos, de orden público, de
ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura y cuantas disposiciones resultaren
de aplicación.
7)Cada entidad proponente sólo podrá presentar como máximo una candidatura en cada una
de las modalidades de premios convocadas.
Segunda. Modalidades.
Las modalidades de la convocatoria son aquéllas que se reflejan en el anexo II de esta orden.
Tercera. Jurado.
1) El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:
— Presidente/a: La persona titular de la Dirección General de Jóvenes y Deportes o persona en quien delegue.
— Vocales:


• Dos técnicos/as de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, designados por la
persona titular de este departamento.



• Cinco miembros del Consejo Regional de Deportes, designados por su Presidente/a.



• Tres miembros de la Prensa Deportiva, designados igualmente por el/la Presidente/a
del Consejo Regional de Deportes.

— Secretario/a: Un/a funcionario/a de la Dirección General de Jóvenes y Deportes designado por la persona titular de este departamento.
2) E
 l Jurado valorará libremente y adoptará sus decisiones por mayoría. Podrá declarar desiertos los premios en la modalidad o modalidades que estime oportunas si considerase
que la o las candidaturas propuestas no reúnen, a su juicio, los méritos suficientes para
obtener el galardón.
3) E
 l Jurado podrá proponer la concesión de menciones especiales, si así lo estima conveniente.
4) El fallo del jurado será inapelable y se hará público en el Diario Oficial de Extremadura.