Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. Premios. (2025050087)
Orden de 14 de mayo de 2025 por la que se convocan los Premios Extremeños del Deporte en su edición de 2024.
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NÚMERO 110
33050
Martes 10 de junio de 2025
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien
entablar directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1, 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 14 de mayo de 2025.
La Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes,
VICTORIA BAZAGA GAZAPO
33050
Martes 10 de junio de 2025
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien
entablar directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1, 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 14 de mayo de 2025.
La Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes,
VICTORIA BAZAGA GAZAPO