Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025050067)
Orden de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2024/2025.
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025
32418
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios
extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2024/2025.
(2025050067)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de
desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y
grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los
centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines
garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque
la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. El sistema educativo
extremeño pretende garantizar asimismo una educación de calidad que, desde la equidad y
el respeto a las capacidades individuales, persiga la universalización del éxito educativo del
alumnado a fin de lograr su máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y
emocional, tal como se indica en el artículo 10 de la citada Ley.
En el marco establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, se contempla la posibilidad de que las
Administraciones educativas puedan establecer, por sí mismas o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares, al objeto de dar respuesta a la exigencia de la sociedad de un sistema educativo moderno, abierto,
menos rígido, multilingüe y cosmopolita que desarrolle todo el potencial y talento de nuestra
juventud, planteamientos que son ampliamente compartidos por la comunidad educativa y
por la sociedad española. De este modo es necesario favorecer la ineludible presencia de
aquellos elementos que, como las matemáticas en el campo de las ciencias y la tecnología, o
las lenguas en el campo de las humanidades y ciencias sociales constituyen la base necesaria y son claves para avanzar en cada campo de conocimiento. Estas condiciones garantizan
que la educación tiene el necesario componente motivador, que favorece realmente todas las
opciones formativas posteriores.
El objeto de la presente orden es reconocer públicamente al alumnado que finalice esta etapa con excelente resultado académico, con el fin de que dicho reconocimiento y su premio
promueva el desarrollo personal, académico, social, intelectual o emocional del alumnado
premiado y suponga un incentivo a la hora de proseguir satisfactoriamente sus estudios.
Viernes 6 de junio de 2025
32418
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios
extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2024/2025.
(2025050067)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de
desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y
grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los
centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines
garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque
la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. El sistema educativo
extremeño pretende garantizar asimismo una educación de calidad que, desde la equidad y
el respeto a las capacidades individuales, persiga la universalización del éxito educativo del
alumnado a fin de lograr su máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y
emocional, tal como se indica en el artículo 10 de la citada Ley.
En el marco establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, se contempla la posibilidad de que las
Administraciones educativas puedan establecer, por sí mismas o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares, al objeto de dar respuesta a la exigencia de la sociedad de un sistema educativo moderno, abierto,
menos rígido, multilingüe y cosmopolita que desarrolle todo el potencial y talento de nuestra
juventud, planteamientos que son ampliamente compartidos por la comunidad educativa y
por la sociedad española. De este modo es necesario favorecer la ineludible presencia de
aquellos elementos que, como las matemáticas en el campo de las ciencias y la tecnología, o
las lenguas en el campo de las humanidades y ciencias sociales constituyen la base necesaria y son claves para avanzar en cada campo de conocimiento. Estas condiciones garantizan
que la educación tiene el necesario componente motivador, que favorece realmente todas las
opciones formativas posteriores.
El objeto de la presente orden es reconocer públicamente al alumnado que finalice esta etapa con excelente resultado académico, con el fin de que dicho reconocimiento y su premio
promueva el desarrollo personal, académico, social, intelectual o emocional del alumnado
premiado y suponga un incentivo a la hora de proseguir satisfactoriamente sus estudios.