Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Sentencias. Ejecución. (2025062224)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 2/2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 58/2021.
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NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025

31316

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 2/2022,
dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, en
el procedimiento abreviado n.º 58/2021. (2025062224)
D. Juan Castell Vivas presentó recurso contencioso-administrativo frente a la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución de 25 de junio de
2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la
relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 27 de
diciembre de 2017 para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo
de Titulados Superiores, Especialidad Administración Financiera, de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura por promoción interna, siguiéndose el procedimiento
abreviado n.º 58/2021 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida.
En el citado procedimiento se dictó sentencia n.º 2/2022, de 17 de enero, estimatoria parcialmente de las pretensiones formuladas en la demanda, anulando la resolución recurrida en el
sentido de reconocer al recurrente y a los otros dos participantes en el proceso selectivo que
no superaron el segundo ejercicio de la fase de oposición el derecho a realizar nuevamente
el segundo ejercicio, conociendo de manera previa los criterios de calificación, a fin de que si
superan todo el proceso de selección puedan acceder a la plaza que quedó desierta.
No obstante, no conforme con el fallo, la parte actora interpuso recurso de apelación frente
a la anterior sentencia ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, que dictó sentencia n.º 259/2022, de 3 de mayo, de nuevo estimatoria de las pretensiones del interesado, revocando parcialmente la sentencia del Juzgado,
declarando que se repitiera la prueba práctica con todos los aspirantes, incluyendo a los aprobados en el proceso de selección.
No conforme con dicho pronunciamiento, D. Jéssica Leonor Izquierdo Chapa, D.ª M.ª de los
Ángeles Torres González y la Junta de Extremadura interpusieron recursos de casación ante el
Tribunal Supremo que fueron estimados por sentencia n.º 217/2025, de 3 de marzo, casando
y anulando la sentencia n.º 259/2022, de 3 de mayo, dictada por la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y confirmando la de primera
instancia.
En consecuencia, y puesto que tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme
y ejecutable la sentencia n.º 2/2022, de 17 de enero, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida recaída en el procedimiento abreviado n.º 58/2021, promovido por D.