Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062217)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025

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Trigésimo sexto. Seguimiento y control de los programas.
1. L
 os programas subvencionados estarán adscritos, a efectos de coordinación educativa y
seguimiento pedagógico, a un Centro o Aula de Educación de Personas Adultas, en cuyo
ámbito territorial se encuentren ubicados, según la planificación provincial llevada a cabo
por la Delegación Provincial de Educación correspondiente.
2. L
 os equipos directivos de los centros de adscripción deberán mantener, al menos, una reunión por trimestre con los formadores de los Programas que tenga adscritos. Asimismo,
podrán hacer partícipes a los alumnos y formadores de estos programas de las actividades
culturales y educativas que se desarrollen en el centro educativo.
3. L
 a Delegación Provincial de Educación en colaboración con el equipo directivo de los centros
de adscripción, al finalizar los programas de una entidad y tras recibir la documentación
correspondiente a la justificación pedagógica, emitirá un informe de valoración, teniendo
en cuenta la citada documentación y los informes que como resultado de las actuaciones
de inspección, control y verificación se hayan generado.
Trigésimo séptimo. Memoria pedagógica final del programa.
A la finalización del programa formativo, el equipo docente realizará una memoria final del
programa educativo, que contemplará, al menos, los siguientes aspectos:
a) El proyecto educativo del programa, según resuelvo trigésimo quinto de la presente
resolución.
b) Alumnado participante. Altas y bajas producidas y sus causas.
c) Objetivos conseguidos y perspectivas inserción laboral y de continuación de estudios del
alumnado.
d) Recursos utilizados.
e) V
 aloración general del programa y conclusiones sobre dificultades encontradas, necesidades y propuestas de mejora.
f) Resumen estadístico de resultados según el anexo XII de la presente resolución.
g) Fotos del aula con la totalidad del alumnado desarrollando la actividad.
Trigésimo octavo. Justificación pedagógica de las ayudas.
Para la justificación pedagógica del programa se aportarán los siguientes documentos que
serán remitidos a la Delegación Provincial de Educación correspondiente: