Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062217)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2025/2026.
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NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025

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6. L
 as cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura.
Vigesimosexto. Funcionamiento de los programas educativos.
1. C
 ada uno de los programas tendrá una duración total de 150 horas lectivas.
2. L
 a distribución horaria contemplará un mínimo de 8 horas de clase a la semana por programa.
3. L
 os programas se desarrollarán en grupos de un mínimo de diez alumnos y un máximo de
veinticinco alumnos.
4. E
 l alumnado que curse estos programas formativos y alcance los objetivos correspondientes recibirá, al término del mismo, un Certificado de Aprovechamiento de la formación
realizada emitido por la entidad beneficiaria y con el visto bueno del Centro de Educación
de Personas Adultas al que está adscrito. Este certificado no es un título oficial y por lo tanto su reconocimiento es responsabilidad de la institución u organismo en el que se pueda
presentar como mérito.
5. P
 ara valorar el grado de aprovechamiento del programa el alumno deberá ser evaluado
mediante una prueba objetiva.
6. E
 n los Certificados de Aprovechamiento se hará constar, al menos, la denominación del
programa formativo, los contenidos impartidos y la realización y superación del mismo,
figurando el número de horas de duración que corresponda.
7. E
 l alumnado que no supere la prueba objetiva recibirá un Certificado de Asistencia emitido
por la entidad beneficiaria, siempre y cuando no haya faltado más del 20% de la carga
horaria del programa.
8. E
 n todos los certificados se hará manifestación expresa de la financiación de la Junta de
Extremadura en los términos establecidos del Decreto 51/2015, de 30 de marzo.
Vigesimoséptimo. Calendario.
Las acciones formativas asociadas al desarrollo de los programas tendrán lugar en el periodo
comprendido entre el 1 de octubre del 2025 y el 30 de junio del 2026.