Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. (2025050082)
Orden de 28 de mayo de 2025 por la que se efectúa la convocatoria de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres", para la temporada 2025/2026.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025

31193

de Gestión y Formación Deportiva de la Dirección General de Jóvenes y Deportes de la Con­
sejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, habilitado en la siguiente dirección web:
https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO

4. La presentación de las solicitudes implica la aceptación de las bases establecidas en el decreto regulador y en esta convocatoria.
5. La solicitudes irán acompañadas de los documentos que se determinan en los artículos 12
y 18 del Decreto 95/2016, de 5 de julio, por el que se establece el procedimiento regulador
para la concesión de plazas, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de
la Administración, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo
28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de
julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, siempre que se
haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso,
emitidos. Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera recabar los citados documentos, podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
6. E
 l órgano gestor recabará de oficio los datos de identidad y residencia de la persona física
firmante de la solicitud, salvo que los interesados se opusieran a ello. A tal efecto, en la
solicitud se consignan sendos apartados con el objeto de que los solicitantes, si lo estiman
conveniente, puedan oponerse a la realización de oficio de dichas consultas, debiendo entonces aportar, junto con la solicitud, la documentación acreditativa correspondiente.
7. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 20 de junio de 2025 hasta el día
11 de julio de 2025.
8. Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniese los requisitos establecidos se
concederá un plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
para que se subsane el defecto o se acompañe la documentación preceptiva, con indicación
de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
expresa que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley .
9. L
 os datos de carácter personal facilitados por los interesados serán incorporados a un fichero automatizado de datos de titularidad de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes
y Deportes de la Junta de Extremadura, con objeto de ser tratados para la finalidad propia
para la que han sido solicitados y aportados y su tratamiento estará sujeto a la normativa
que les resulte de aplicación.