Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. (2025050082)
Orden de 28 de mayo de 2025 por la que se efectúa la convocatoria de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres", para la temporada 2025/2026.
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NÚMERO 105
31191
Martes 3 de junio de 2025
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. Constituye el objeto de esta orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva la
concesión de plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación “Ciudad Deportiva de Cáceres” para la temporada 2025/2026, al amparo del Decreto 95/2016,
de 5 de julio, por el que se establece el procedimiento regulador para la concesión de plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva “Ciudad
Deportiva de Cáceres” y se realiza la convocatoria para la temporada 2016/2017 (DOE n1
132, de 11 de julio).
2. E
l número de plazas ofertadas es el siguiente:
— Cuarenta plazas para deportistas en régimen interno, reservadas para deportistas presentados por las federaciones deportivas.
— Veintidós plazas para deportistas en régimen externo, de las cuales siete estarán reservadas para deportistas presentados a título individual y las quince restantes para
deportistas presentados por las federaciones deportivas.
3. La tipología y características de las plazas están reguladas en el artículo 2 del Decreto
95/2016, de 5 de julio.
Artículo 2. Beneficiarios y requisitos.
1. Las plazas podrán ser asignadas tanto a deportistas a título individual como a deportistas
presentados por las federaciones deportivas para el desarrollo de sus Programas de Especialización Deportiva.
2. Los deportistas a título individual deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo 11 del
Decreto 95/2016, de 5 de julio.
3. Las plazas reservadas a las federaciones deportivas podrán asignarse a aquellas federaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 16 de su decreto regulador
citado anteriormente; por su parte, los deportistas incluidos en las listas presentadas por
las federaciones deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 17 del mismo.
Artículo 3. Procedimiento de concesión de las plazas.
1. El procedimiento general para la concesión de las plazas será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica. Se regirá por lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 5 de
31191
Martes 3 de junio de 2025
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. Constituye el objeto de esta orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva la
concesión de plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación “Ciudad Deportiva de Cáceres” para la temporada 2025/2026, al amparo del Decreto 95/2016,
de 5 de julio, por el que se establece el procedimiento regulador para la concesión de plazas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva “Ciudad
Deportiva de Cáceres” y se realiza la convocatoria para la temporada 2016/2017 (DOE n1
132, de 11 de julio).
2. E
l número de plazas ofertadas es el siguiente:
— Cuarenta plazas para deportistas en régimen interno, reservadas para deportistas presentados por las federaciones deportivas.
— Veintidós plazas para deportistas en régimen externo, de las cuales siete estarán reservadas para deportistas presentados a título individual y las quince restantes para
deportistas presentados por las federaciones deportivas.
3. La tipología y características de las plazas están reguladas en el artículo 2 del Decreto
95/2016, de 5 de julio.
Artículo 2. Beneficiarios y requisitos.
1. Las plazas podrán ser asignadas tanto a deportistas a título individual como a deportistas
presentados por las federaciones deportivas para el desarrollo de sus Programas de Especialización Deportiva.
2. Los deportistas a título individual deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo 11 del
Decreto 95/2016, de 5 de julio.
3. Las plazas reservadas a las federaciones deportivas podrán asignarse a aquellas federaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 16 de su decreto regulador
citado anteriormente; por su parte, los deportistas incluidos en las listas presentadas por
las federaciones deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 17 del mismo.
Artículo 3. Procedimiento de concesión de las plazas.
1. El procedimiento general para la concesión de las plazas será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica. Se regirá por lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 5 de