Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2025062205)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Acción Exterior, de concesión de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para el año 2025.
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NÚMERO 104
30975
Lunes 2 de junio de 2025
III
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Acción
Exterior, de concesión de las ayudas destinadas a financiar gastos de
equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones
para el año 2025. (2025062205)
A la vista de la propuesta de resolución de fecha 29 de abril de 2025, formulada por el Servicio de Acción Exterior de la Dirección General de Acción Exterior, como órgano instructor
del procedimiento de concesión de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para 2025, convocado al
amparo de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaria General, por la que se
convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de la Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones, para el ejercicio 2025 (en adelante la Convocatoria),
al amparo del Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, (corrección de errores publicada en
DOE n.º 67, de 12 de abril).
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La Convocatoria de ayudas para la anualidad 2025 se publicó en el DOE número 4,
de 8 de enero de 2025, mediante Resolución del Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de fecha 26 de noviembre de 2024.
Segundo. La citada resolución establece como plazo de presentación de solicitudes 20 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto
en el Diario Oficial de Extremadura. Dentro de dicho plazo se presentaron 50 solicitudes.
Tercero. De las 50 solicitudes presentadas, no son objeto de valoración las 2 comunidades
que se detallan a continuación y por el motivo que se determina:
Expediente
Entidad
NIF
Motivo
28EQUIP/2025
HOGAR EXTREMEÑO DE BARCELONA
G08803132
DESISTIMIENTO DE LA
SOLICITUD
39EQUIP/2025
CASA EXTREMEÑA
IBIZA-FORMENTERA
G57366494
DENEGACIÓN: IMPORTES
INFERIORES A 300 EUROS
30975
Lunes 2 de junio de 2025
III
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Acción
Exterior, de concesión de las ayudas destinadas a financiar gastos de
equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones
para el año 2025. (2025062205)
A la vista de la propuesta de resolución de fecha 29 de abril de 2025, formulada por el Servicio de Acción Exterior de la Dirección General de Acción Exterior, como órgano instructor
del procedimiento de concesión de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para 2025, convocado al
amparo de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaria General, por la que se
convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de la Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones, para el ejercicio 2025 (en adelante la Convocatoria),
al amparo del Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, (corrección de errores publicada en
DOE n.º 67, de 12 de abril).
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La Convocatoria de ayudas para la anualidad 2025 se publicó en el DOE número 4,
de 8 de enero de 2025, mediante Resolución del Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de fecha 26 de noviembre de 2024.
Segundo. La citada resolución establece como plazo de presentación de solicitudes 20 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto
en el Diario Oficial de Extremadura. Dentro de dicho plazo se presentaron 50 solicitudes.
Tercero. De las 50 solicitudes presentadas, no son objeto de valoración las 2 comunidades
que se detallan a continuación y por el motivo que se determina:
Expediente
Entidad
NIF
Motivo
28EQUIP/2025
HOGAR EXTREMEÑO DE BARCELONA
G08803132
DESISTIMIENTO DE LA
SOLICITUD
39EQUIP/2025
CASA EXTREMEÑA
IBIZA-FORMENTERA
G57366494
DENEGACIÓN: IMPORTES
INFERIORES A 300 EUROS