Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2025050081)
Orden de 27 de mayo de 2025 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
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NÚMERO 104
Lunes 2 de junio de 2025

31095

ORDEN de 27 de mayo de 2025 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. (2025050081)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
El objetivo fundamental de la presente modificación puntual es la de dotar de una estructura
organizativa adecuada al colectivo de Agentes del Medio Natural creándose una Jefatura de
Servicio que gestione de manera directa a este colectivo que desempeña un papel fundamental en cuanto a vigilancia, inspección y control, protección y defensa del medio ambiente y sus
recursos naturales, las masas forestales y la fauna silvestre.
Asimismo, se aprovecha la presente modificación puntual, para ajustar los perfiles y características de diversos puestos de trabajo, tales como denominación, requisitos, méritos o
ubicación, que sin duda contribuirá a que puedan ser desempeñados con mayor eficacia,
ajustándose más eficientemente a las necesidades organizativas de esta Consejería.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública aprobar su modificación puntual en los supuestos que se determinan