Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025062170)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
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NÚMERO 103
Viernes 30 de mayo de 2025

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REQUISITOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Segunda.
1. Podrán participar en el concurso que se convoque el personal funcionario de carrera al
servicio de la Universidad de Extremadura y quienes pertenezcan a las Administraciones
Públicas con las que se mantenga convenio de reciprocidad.
En este orden, y de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal Técnico, de
Gestión y de Administración y Servicios del Grupo 9 de Universidades, firmado el 11 de
mayo de 2007, podrán participar en la convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado de la Universidad de Extremadura, el personal funcionario
de carrera con destino definitivo en una de las Universidades siguientes: Cantabria, Islas
Baleares, Oviedo, Pública de Navarra, Zaragoza, y La Rioja.
Así mismo podrán participar, de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios firmado entre la Universidad de Extremadura y la Universidad de Alicante y aprobado en Consejo de Gobierno de la UEx en fecha
20 de febrero de 2019, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado
de la Universidad de Extremadura, el personal funcionario de carrera con destino definitivo
en la Universidad de Alicante.
2. P
 ara poder concursar, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a los Subgrupos, Cuerpos o Escalas a los que se encuentra adscritos los
puestos convocados a concurso y que se especifica en el anexo I.
b) Tener acreditada una permanencia mínima de dos años en el último puesto, salvo que
hubieran cesado en el mismo por aplicación de un Plan de Empleo, por supresión o por
remoción del puesto de trabajo, o porque soliciten puestos de igual nivel.
c) El personal funcionario de nuevo ingreso podrá participar en la convocatoria cuando hubiera transcurrido el plazo de dos años a partir de su toma de posesión, con las mismas
salvedades que en el apartado anterior; y cuando hubieran accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna permaneciendo en el puesto de trabajo que desempeñaban.
d) Encontrarse en cualquier situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios
por interés particular en tanto cumplan el período mínimo de un año en dicha situación,
y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
e) En su caso, si el personal funcionario hubiera obtenido permuta de destino, cuando haya
transcurrido un año desde su autorización.