Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Residuos. Subvenciones. (2025040060)
Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 100
Martes 27 de mayo de 2025

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con Estatuto de Autonomía, destinados a la realización del proyecto de inversión relativo al
Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, Programa de Economía Cir­
cular y Plan de Impulso al Medio Ambiente- PIMA Residuos, y por las cuales se procedió a la
aprobación del Decreto 152/2021, de 29 de diciembre (DOE núm. 251, de 31 de diciembre de
2021), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destina­
das a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos
municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo Plan de Recu­
peración, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU.
Tras efectuar dos convocatorias de ayudas del Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, se ha
considerado conveniente actualizar su contenido, aprovechando la experiencia adquirida.
Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 187 C12.I3 “Finalización de proyectos de
apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la
empresa”, que consiste en la finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD
de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en
la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio
de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una
lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente
de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de
tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánicobiológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia ener­
gética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el
compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven
un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación
de su vida útil, que se verificará a nivel de planta”.
En cumplimiento con el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH),
las ayudas reguladas con el presente decreto han sido evaluadas en los principios establecidos
en el Reglamento de Taxonomía, a los seis objetivos medioambientales definidos en el Regla­
mento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, re­
lativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, la evaluación ha concluido que solo para el principio
de transición hacia la economía circular, era preciso realizar una evaluación sustantiva, la cual
ha resultado favorable, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión, conforme
a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en
virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Según el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, uno de esos principios es el refuerzo de
mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y los conflic­
tos de interés. A tal efecto, con fecha de 24 de marzo de 2022 se publica en DOE el Decreto