Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Residuos. Subvenciones. (2025040060)
Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 100
Martes 27 de mayo de 2025
29488
2. Las administraciones locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extre
madura, podrán optar a más de una línea de ayuda, cuando así lo establezca la convocato
ria, siempre que estás sean compatibles entre sí, debiendo presentar una solicitud (anexo
II) por cada línea de ayuda.
Artículo 11. Presentación de la solicitud, documento y plazos.
1. E
l plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de la convocatoria correspondiente, así como de su extracto, en el Diario
Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es.
2. L
as solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico Gene
ral, de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II, di
rigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de la Administración Autonómica, conforme a lo establecido en el
artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La
solicitud (anexo II) debidamente cumplimentada y con firma electrónica verificable, deberá
ir acompañada de la documentación complementaria a que se hace referencia en el anexo
I para cada línea de ayuda.
3. L
os interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad
ministrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es/
La documentación anexa a la solicitud que, por tamaño de transmisión de los archivos, no
pueda enviarse a través del Registro Electrónico General la SEDE, se remitirá a través del
sistema de transferencia de grandes archivos de la Junta de Extremadura (SEGAX), solici
tando su subida, una vez realizado el registro electrónico de la solicitud, a través del correo
electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es
Artículo 12. Subsanación de la solicitud.
Si la solicitud presentada por la entidad solicitante no reuniera los requisitos establecidos, se
requerirá a la misma para que en un plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane la
Martes 27 de mayo de 2025
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2. Las administraciones locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extre
madura, podrán optar a más de una línea de ayuda, cuando así lo establezca la convocato
ria, siempre que estás sean compatibles entre sí, debiendo presentar una solicitud (anexo
II) por cada línea de ayuda.
Artículo 11. Presentación de la solicitud, documento y plazos.
1. E
l plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de la convocatoria correspondiente, así como de su extracto, en el Diario
Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es.
2. L
as solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico Gene
ral, de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II, di
rigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de la Administración Autonómica, conforme a lo establecido en el
artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La
solicitud (anexo II) debidamente cumplimentada y con firma electrónica verificable, deberá
ir acompañada de la documentación complementaria a que se hace referencia en el anexo
I para cada línea de ayuda.
3. L
os interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad
ministrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
— https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
— http://www.cert.fnmt.es/
La documentación anexa a la solicitud que, por tamaño de transmisión de los archivos, no
pueda enviarse a través del Registro Electrónico General la SEDE, se remitirá a través del
sistema de transferencia de grandes archivos de la Junta de Extremadura (SEGAX), solici
tando su subida, una vez realizado el registro electrónico de la solicitud, a través del correo
electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es
Artículo 12. Subsanación de la solicitud.
Si la solicitud presentada por la entidad solicitante no reuniera los requisitos establecidos, se
requerirá a la misma para que en un plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane la