Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

29305

Insuficiente o Suspenso: 3.
Convalidado sin nota anterior al curso académico 2021/2022: 5.
Convalidado sin nota posterior al curso académico 2021/2022: No se tienen en cuenta.
Convalidado con nota: La nota que acompaña a la convalidación correspondiente.
Suficiente o Aprobado: 5.
Bien: 6.
Notable: 7,5.
Sobresaliente: 9.
Mención de Honor o similar: 9,5.
Matrícula de Honor (M.H.): 10.
Trigésimo octavo. Sistema de desempate.
Si se produjeran empates en la baremación, se resolverán en atención a la resolución de la
Dirección General de Función Pública publicada en el Diario Oficial de Extremadura, por la
que se da publicidad al resultado del sorteo público para determinar el orden de actuación y
prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2025.
De este modo, los solicitantes empatados se ordenarán alfabéticamente a partir de la letra
extraída para el primer apellido, que para el presente año ha sido la letra “J” (DOE n.º 77, 23
de abril de 2025).
Trigésimo noveno. Anulación de matrícula por incumplimiento de las bases de la
convocatoria.
La anulación de matrícula del alumnado en el ciclo formativo por las causas establecidas en
este resuelvo se ajustará al siguiente procedimiento:
1. C
 omprobado que la persona solicitante se encuentra incursa en algún caso de incumplimiento que implique la consecución no legal de la plaza, y previa confirmación del hecho
por la Comisión Provincial de Escolarización o de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, la dirección del centro comunicará a la persona
afectada o a sus representantes legales que se va a proceder a la anulación de matrícula,
concediéndole un plazo de diez días hábiles para que presente alegaciones y aporte la