Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062121)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025

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2. El número de vacantes escolares que conforman la oferta para el nuevo alumnado, se
determinará detrayendo, del número total de puestos escolares autorizados aquellos que
son ocupados por el alumnado que mantuvieron su matrícula activa durante el curso 20242025 y o bien no promocionaron al curso siguiente o no titularon, y además hayan formalizado su matrícula en los plazos establecidos en el calendario de actuaciones en el anexo I
para primer curso y en el anexo II para segundo curso de esta resolución.
3. La Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa podrá
anular la oferta de un curso de ciclo formativo de Grado Básico cuando se dé alguna de las
dos siguientes circunstancias:
a. En los primeros cursos cuando después de la publicación del listado definitivo de solicitudes, el número de solicitantes de primera petición fuera menor de seis.
b. En los segundos cursos cuando el número de alumnado real posible no supere el número
de seis.
4. De conformidad con lo indicado en el apartado anterior, si el alumnado que no promociona
o no titula se ve afectado por una supresión de oferta, se actuará de acuerdo con el artículo
5.2 de la Orden de 9 de mayo de 2024. En el supuesto que el turno deje de ser impartido,
el alumnado podrá permanecer en el mismo centro en un turno diferente. Si fuera el ciclo
el que dejará de tener continuidad en el centro, el alumnado podrá elegir el mismo ciclo
en cualquier otro centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este caso, deberá formalizar la matrícula dentro del plazo establecido en el
calendario de actuaciones indicado en el del anexo I y del anexo II para el segundo curso
de esta resolución conforme a lo que la convocatoria especifique sin ser necesario presentar de nuevo solicitud de admisión. El alumnado que quisiera cursar otro ciclo formativo
deberá presentar una nueva solicitud de admisión.
Tercero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión y matrícula.
El calendario de actuaciones previsto para el proceso de admisión y matriculación para cursar
ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa convocada en la presente
resolución para el curso 2025/2026 será el establecido en el anexo I para primer curso y en
el anexo II para segundo curso.
Cuarto. Comisión Provincial de Escolarización.
1. Para esta convocatoria conforme lo indicado en el artículo 32 de la Orden de 9 de mayo de
2024 de admisión y matriculación, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas