Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025062058)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 98

29053

Viernes 23 de mayo de 2025

Nº SIA
3055219

ANEXO I - SOLICITUD

Importe
Cumple con todos los requisitos para alcanzar la condición de Beneficiario/a, conforme a lo indicado en el artículo 12 de la
Ley 6/2011,de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el sentido de:
- No ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas
públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y
exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
- No ha solicitado la declaración de concurso voluntario, no ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, no ha
sido declarada en concurso, no está sujeta a Intervención Judicial o ha sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que
haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- No ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato
celebrado con la administración.
- No estar incursa la persona física, los/las administradores/as de las sociedades mercantiles o aquellas que ostenten la
representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora
del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos
regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma
o en la normativa autonómica que regule estas materias.
- Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
- No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- Se halla al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No ha sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, conforme a lo
establecido en la legislación vigente.

8. SOLICITA
La concesión de una subvención a fondo perdido en los términos señalados en el Decreto 79/2024, de 23 de julio, de puesta
en marcha del Programa de ayudas para las inversiones en modernización de personas trabajadoras autónomas y micropymes
de Extremadura, declarando ante la Administración Pública, que todos los datos expuestos en esta solicitud son verdaderos.
Fecha y hora*
Firma*

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA
Servicio de Promoción Empresarial
Código identificación DIR3: A11030539