Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2025061939)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se hacen públicas la relación provisional de los cotos incluidos en el Inventario de Cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2025/2026, y la relación de aquellos cotos que precisan subsanar la solicitud para su inclusión.
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NÚMERO 93
27326
Viernes 16 de mayo de 2025
No obstante, habrá de tenerse en cuenta que para la inclusión de dichos cotos en la resolución por la que se otorgará el cupo de capturas que le correspondiera, deberán cumplir con la
monitorización y las medidas de gestión propuestas en la Resolución de 3 de abril de 2025 de
la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los principios
del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2025/2026.
Segundo. Hacer pública la relación de cotos que deben subsanar la solicitud presentada, para
poder ser incluidos en el Inventario de Cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la
tórtola para la temporada 2025/2026, según relación del anexo II, en el que se detallan las
carencias y/o las observaciones que deben considerar y subsanar, en su caso.
Tercero. Otorgar un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación
de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, para que los cotos reseñados en el
anexo II subsanen los defectos detectados, de forma que si así no lo hicieren se les tendrá
por desistidos de su petición.
Cuarto. Los cotos que subsanen convenientemente las deficiencias observadas dentro del
plazo concedido para ello serán incluidos en la relación definitiva del Inventario de Cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2025/2026, que será
publicada en el Diario Oficial de Extremadura, mediante Resolución de la Dirección General de
Gestión Forestal, Caza y Pesca.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según
lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
El Director General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA
27326
Viernes 16 de mayo de 2025
No obstante, habrá de tenerse en cuenta que para la inclusión de dichos cotos en la resolución por la que se otorgará el cupo de capturas que le correspondiera, deberán cumplir con la
monitorización y las medidas de gestión propuestas en la Resolución de 3 de abril de 2025 de
la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los principios
del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2025/2026.
Segundo. Hacer pública la relación de cotos que deben subsanar la solicitud presentada, para
poder ser incluidos en el Inventario de Cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la
tórtola para la temporada 2025/2026, según relación del anexo II, en el que se detallan las
carencias y/o las observaciones que deben considerar y subsanar, en su caso.
Tercero. Otorgar un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación
de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, para que los cotos reseñados en el
anexo II subsanen los defectos detectados, de forma que si así no lo hicieren se les tendrá
por desistidos de su petición.
Cuarto. Los cotos que subsanen convenientemente las deficiencias observadas dentro del
plazo concedido para ello serán incluidos en la relación definitiva del Inventario de Cotos participantes en el Plan de caza adaptativa de la tórtola para la temporada 2025/2026, que será
publicada en el Diario Oficial de Extremadura, mediante Resolución de la Dirección General de
Gestión Forestal, Caza y Pesca.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según
lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 9 de mayo de 2025.
El Director General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA