Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061953)
Resolución de 11 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la entidad Excmo. Ayuntamiento de Valdehúncar, para el acceso a servicios de certificación y firma electrónica que redunden en el impulso de la administración electrónica en la Comunidad Autónoma.
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NÚMERO 93
Viernes 16 de mayo de 2025
27250
La Consejería puede comprobar, en cualquier momento, la relación -detallada- de prestaciones efectuadas por la FNMT a la Entidad adherida. Para ello, la Consejería recibirá de la
FNMT-RCM, periódicamente y con la frecuencia determinada en el encargo al que habilita la
adhesión el presente Convenio, la información detallada de las prestaciones realizadas a la
Entidad. Así mismo, la Consejería podrá recabar de la Entidad cuanta información considere
necesaria al objeto de llevar a cabo la comprobación de la adecuada ejecución de las actuaciones, por parte de la FNMT-RCM a la Entidad, conforme a lo regulado en el Encargo.
Octava. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en los artículos 47 a 53 del Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes, con motivo de la aplicación del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En prueba de conformidad, las partes indicadas firman el presente documento, en duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha indicados al comienzo.
Por la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura,
El Consejero de Economía, Empleo y
Transformación Digital
PA, Resolución, de 10 de agosto de 2023, del
Consejero
(DOE n.º 157, de 16 de agosto del 2023),
El Secretario General
Por la entidad Excmo. Ayuntamiento
de Valdehúncar,
Viernes 16 de mayo de 2025
27250
La Consejería puede comprobar, en cualquier momento, la relación -detallada- de prestaciones efectuadas por la FNMT a la Entidad adherida. Para ello, la Consejería recibirá de la
FNMT-RCM, periódicamente y con la frecuencia determinada en el encargo al que habilita la
adhesión el presente Convenio, la información detallada de las prestaciones realizadas a la
Entidad. Así mismo, la Consejería podrá recabar de la Entidad cuanta información considere
necesaria al objeto de llevar a cabo la comprobación de la adecuada ejecución de las actuaciones, por parte de la FNMT-RCM a la Entidad, conforme a lo regulado en el Encargo.
Octava. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en los artículos 47 a 53 del Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes, con motivo de la aplicación del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En prueba de conformidad, las partes indicadas firman el presente documento, en duplicado
ejemplar, en el lugar y fecha indicados al comienzo.
Por la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura,
El Consejero de Economía, Empleo y
Transformación Digital
PA, Resolución, de 10 de agosto de 2023, del
Consejero
(DOE n.º 157, de 16 de agosto del 2023),
El Secretario General
Por la entidad Excmo. Ayuntamiento
de Valdehúncar,