Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025061935)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se nombra a las personas titulares y suplentes que ocuparán las vocalías de la Comisión de Valoración encargada de la valoración de solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones destinadas a subvencionar un proyecto para el desarrollo del Programa Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por el FSE+, así como la persona que ejercerá la secretaría de la Comisión.
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NÚMERO 91

26680

Miércoles 14 de mayo de 2025

2. Titular: Francisco Javier Flete Morán, funcionario grupo A1 de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Primera suplente: Verónica Albújar Muñoz, funcionaria grupo A2 de la Secretaría General
de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Segundo suplente: Verónica San Antonio Lopera, laboral grupo A2 de la Secretaría General
de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Secretaria:
— Titular: Esther Domínguez Jiménez, laboral grupo A1 de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
— Primer suplente: Javier Solís Mejías, funcionario grupo A1 de la Secretaría General de
Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
— Segunda suplente: Raquel Sierra Rebolledo, funcionaria grupo A2, funcionaria de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
La persona que realice las funciones de Secretaria de la Comisión de Valoración actuará
con voz pero sin voto.
Segundo. Las personas integrantes de la Comisión de Valoración asumirán las funciones establecidas en el artículo 12.5 del Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las
bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo
Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
Tercero. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la publicación
de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, ante la Secretaría General, órgano que dictó el acto que motiva el recurso, o bien directamente ante la Consejera de Salud
y Servicios Sociales, órgano competente para su resolución, conforme a lo dispuesto en los
artículos 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 8 de mayo de 2025.
La Secretaria General,
M.ª PILAR NOGALES PEROGIL
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