Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061815)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA3 y LA4, del programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad financiadas con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, incluidas en la Medida de Inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 91

26524

Miércoles 14 de mayo de 2025

Además, Informarán sobre: a) el perceptor final del apoyo de los Fondos, nombre(s) y número de identificación; b) los titulares reales del perceptor final, en su caso, tal como se definen
en el artículo 3, apartado 6, de la Directiva (UE) 2015/849, es decir, el nombre y apellidos, la
fecha o fechas de nacimiento y el número o números de registro a efectos del IVA o el número
o números de identificación fiscal.
Cinco. Se modifica la cláusula duodécima, en su apartado 1, referida a la eficacia, duración y
resolución, quedando redactada de la siguiente manera:
“1. La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
el 1 de marzo de 2026”.
Seis. Se modifica el Anexo I referido a la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI), que queda redactado conforme al Anexo I de la presente Adenda.
Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos.
Los restantes términos y condiciones del convenio de formalización de concesión directa suscrito con fecha 10 de octubre de 2022, mantiene su vigencia, salvo lo modificado en la presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la Adenda.
La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 1 de marzo de 2026.
En testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente Adenda al Convenio referido en el exordio, por triplicado ejemplar y se comprometen a ejecutarlo.

El Secretario General,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
DON FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL

Rector Magnífico de la
Universidad de Extremadura,
DON PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO