Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061814)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA2 y LA6, del Programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad, financiadas con los Fondos Next Generation EU, programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 90

26244

Martes 13 de mayo de 2025

Además, debemos tener en cuenta lo establecido en el reciente Manual de Comunicación para
Gestores y Beneficiarios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Atendiendo a todas estas cuestiones se hace necesaria la tramitación de la presente Adenda,
por lo que, en consonancia, con fecha 12 de diciembre de 2024 se celebra la comisión de seguimiento en la que se acuerda la modificación, mediante adenda, de dicho convenio
Tercero. El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 2 establece que: “La Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y
formación profesional, las de políticas universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación”.
Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 26.6,
atribuye el ejercicio de las competencias en materia investigación, desarrollo e innovación a
la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Por tanto, las referencias contenidas en el convenio original a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, se entenderán realizadas a la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional en cumplimiento de lo establecido en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio.
Cuarto. De acuerdo con el artículo 3 y 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46, 49, 50 y 53 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como
principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas, las partes intervinientes muestran su conformidad e interés en suscribir la presente adenda, que se regirá por las
siguientes:
CLAÚSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto modificar el convenio entre la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura con el objeto de formalizar una
concesión directa a favor de este último para la ejecución de las líneas de actuación LA2 y LA6
financiadas con los fondos Next Generation EU, del Programa de I+D+I del área de Biodiversidad, incluido en la medida de inversión C17.I1 “Planes Complementarios con las Comunidades
Autónomas”, que forman parte del Componente 17 “Reforma institucional y fortalecimiento de