Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061814)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA2 y LA6, del Programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad, financiadas con los Fondos Next Generation EU, programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 90
26251
Martes 13 de mayo de 2025
Se modifica el punto 1 de la cláusula antes dicha, en relación con la eficacia del convenio,
quedando redactado de la siguiente manera:
“1. La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
el 1 de marzo de 2026”.
Siete. Se modifica el Anexo I referido a la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI), que queda redactado conforme al Anexo I de la presente Adenda.
Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos
Los restantes términos y condiciones del convenio de formalización de concesión directa
suscrito con fecha 28 de diciembre de 2022, mantiene su vigencia, salvo lo modificado en la
presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la Adenda
La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 1 de marzo de 2026.
En testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente Adenda al Convenio referido en el exordio, por triplicado ejemplar y se comprometen a ejecutarlo.
El Secretario General
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
DON FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura,
DON PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO
26251
Martes 13 de mayo de 2025
Se modifica el punto 1 de la cláusula antes dicha, en relación con la eficacia del convenio,
quedando redactado de la siguiente manera:
“1. La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
el 1 de marzo de 2026”.
Siete. Se modifica el Anexo I referido a la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI), que queda redactado conforme al Anexo I de la presente Adenda.
Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos
Los restantes términos y condiciones del convenio de formalización de concesión directa
suscrito con fecha 28 de diciembre de 2022, mantiene su vigencia, salvo lo modificado en la
presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la Adenda
La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 1 de marzo de 2026.
En testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente Adenda al Convenio referido en el exordio, por triplicado ejemplar y se comprometen a ejecutarlo.
El Secretario General
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
DON FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura,
DON PEDRO M. FERNÁNDEZ SALGUERO