Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2025061886)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la apertura de un nuevo plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en los procesos selectivos convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025
25779
https://sede.juntaex.es.
Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud
seleccionando como DIR3/Unidad de destino “A11019084. Serv. de Selección”.
Seguidamente adjuntará el modelo de renuncia debidamente cumplimentada para lo
cual deberá adjuntar el pdf anteriormente descargado y cumplimentado.
Una vez registrada su solicitud podrá comprobar que lo ha realizado correctamente
accediendo al justificante de registro desde la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/), a través del acceso “Consulta de Anotaciones de Registro”, para lo cual deberá identificarse mediante certificado digital o
Cl@ve.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes
habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones
electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
— Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, una vez cumplimentada, deberán imprimir, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los
mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de
asistencia en materia de registro indicados a continuación:
• En cualquiera de las oficinas incluidas en el anexo a la Resolución de la Consejera
de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las
Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Lunes 12 de mayo de 2025
25779
https://sede.juntaex.es.
Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud
seleccionando como DIR3/Unidad de destino “A11019084. Serv. de Selección”.
Seguidamente adjuntará el modelo de renuncia debidamente cumplimentada para lo
cual deberá adjuntar el pdf anteriormente descargado y cumplimentado.
Una vez registrada su solicitud podrá comprobar que lo ha realizado correctamente
accediendo al justificante de registro desde la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/), a través del acceso “Consulta de Anotaciones de Registro”, para lo cual deberá identificarse mediante certificado digital o
Cl@ve.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes
habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones
electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
— Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, una vez cumplimentada, deberán imprimir, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los
mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de
asistencia en materia de registro indicados a continuación:
• En cualquiera de las oficinas incluidas en el anexo a la Resolución de la Consejera
de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las
Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.