Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2025061886)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la apertura de un nuevo plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en los procesos selectivos convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025
25773
bre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para
garantizar la estabilización efectiva de las plazas convocadas y evitar nuevos incrementos en
la misma superiores a los límites legales exigidos, se consideró necesario introducir limitaciones en la adjudicación de plazas, en el sentido de imposibilitar que las personas aspirantes
puedan resultar adjudicatarias de más de una plaza objeto de estabilización por el sistema
de concurso de méritos o concurso de oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo,
grupo, especialidad o categoría de pertenencia de estas.
En tal sentido el apartado 7 de la base octava de la Orden de convocatoria añadido en virtud
de la modificación llevada a cabo por la Orden de 17 de diciembre de 2024, establece que las
personas aspirantes no podrán resultar adjudicatarias de más de una de las plazas convocadas en el marco de los procesos de estabilización, por el sistema de concurso de méritos o
concurso-oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo, grupo, especialidad o categoría de pertenencia de estas, así como que aquellas personas aspirantes que hayan superado los procesos selectivos convocados en el marco de los procesos de estabilización para la
reducción de la temporalidad en el empleo público en más de un cuerpo, grupo, especialidad
o categoría, deberá formular renuncia a todas aquellas plazas distintas a la de su elección, de
forma expresa y por escrito, en el plazo de los 5 días hábiles siguientes a la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de la Dirección General de Función Pública por
la que se acuerde la apertura de dicho trámite.
Por último, se establece que en caso de no efectuar renuncia dentro del plazo concedido, la
Dirección General de Función Pública acordará de oficio la exclusión de la persona aspirante,
atendiendo a la puntuación total obtenida en los distintos procesos selectivos, manteniendo la adjudicación de la plaza correspondiente al proceso en el que haya obtenido mayor
puntuación.
En aplicación de lo anterior, mediante Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública (Diario Oficial de Extremadura número 74, de 16 de abril), se estableció el procedimiento y el plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para
más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en dichos procesos selectivos.
Contemplando el número 2 del apartado segundo de la citada resolución, que quedaban exceptuadas las categorías y/o especialidades de que se enumeraban en su anexo II y que la
renuncia por las personas aspirantes seleccionadas en las mismas se realizaría en el plazo que
se establezca por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publique en el
Diario Oficial de Extremadura, procede la apertura de un nuevo plazo para que se realicen las
renuncias correspondientes.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Lunes 12 de mayo de 2025
25773
bre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para
garantizar la estabilización efectiva de las plazas convocadas y evitar nuevos incrementos en
la misma superiores a los límites legales exigidos, se consideró necesario introducir limitaciones en la adjudicación de plazas, en el sentido de imposibilitar que las personas aspirantes
puedan resultar adjudicatarias de más de una plaza objeto de estabilización por el sistema
de concurso de méritos o concurso de oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo,
grupo, especialidad o categoría de pertenencia de estas.
En tal sentido el apartado 7 de la base octava de la Orden de convocatoria añadido en virtud
de la modificación llevada a cabo por la Orden de 17 de diciembre de 2024, establece que las
personas aspirantes no podrán resultar adjudicatarias de más de una de las plazas convocadas en el marco de los procesos de estabilización, por el sistema de concurso de méritos o
concurso-oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo, grupo, especialidad o categoría de pertenencia de estas, así como que aquellas personas aspirantes que hayan superado los procesos selectivos convocados en el marco de los procesos de estabilización para la
reducción de la temporalidad en el empleo público en más de un cuerpo, grupo, especialidad
o categoría, deberá formular renuncia a todas aquellas plazas distintas a la de su elección, de
forma expresa y por escrito, en el plazo de los 5 días hábiles siguientes a la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de la Dirección General de Función Pública por
la que se acuerde la apertura de dicho trámite.
Por último, se establece que en caso de no efectuar renuncia dentro del plazo concedido, la
Dirección General de Función Pública acordará de oficio la exclusión de la persona aspirante,
atendiendo a la puntuación total obtenida en los distintos procesos selectivos, manteniendo la adjudicación de la plaza correspondiente al proceso en el que haya obtenido mayor
puntuación.
En aplicación de lo anterior, mediante Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública (Diario Oficial de Extremadura número 74, de 16 de abril), se estableció el procedimiento y el plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para
más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en dichos procesos selectivos.
Contemplando el número 2 del apartado segundo de la citada resolución, que quedaban exceptuadas las categorías y/o especialidades de que se enumeraban en su anexo II y que la
renuncia por las personas aspirantes seleccionadas en las mismas se realizaría en el plazo que
se establezca por resolución de la Dirección General de Función Pública que se publique en el
Diario Oficial de Extremadura, procede la apertura de un nuevo plazo para que se realicen las
renuncias correspondientes.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,