Fundación Extremeña De La Cultura. Convocatoria. (2025080772)
Anuncio de 5 de mayo de 2025 sobre las bases de la convocatoria para la selección de cortometrajes integrantes del "Catálogo Jara 2025. Cortometrajes de Extremadura".
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025

25982

3.2. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:


a. C
 opia del DNI y, en su caso, certificado actualizado de empadronamiento del
solicitante, si es persona física. En caso de personas jurídicas, escritura de constitución de la entidad, copia del DNI de la persona que firma la solicitud, representante de aquella y acreditación de la representación que ostenta.



b. C
 ontratos de producción, coproducción o distribución, cuando proceda.



c. Certificados actualizados emitidos por las autoridades tributarias de las haciendas
estatal y autonómica, así como por la Seguridad Social, de estar al corriente de
pago y de situación en las actividades económicas.

d. Enlace electrónico privado de acceso y visionado al cortometraje completo con
descarga habilitada.


e. Los cortometrajes presentados para formar parte del Catálogo Jara 2025 deberán
adjuntar un listado de envíos e inscripciones a festivales y selecciones hasta la
fecha de la solicitud.



f. Los cortometrajes presentados para formar parte del Catálogo Jara 2025 deberán
adjuntar un listado de difusiones en televisión, internet o plataformas hasta la
fecha de solicitud.



g. Declaración responsable sobre la veracidad de la documentación presentada y la
información facilitada (anexo II).

3.3. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales a partir del
día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
3.4. Si las candidaturas o la documentación presentada no reuniesen los requisitos establecidos, la Dirección Gerencia de la Fundación Extremeña de la Cultura concederá un
plazo de 10 días hábiles para que se subsane el defecto o acompañe la documentación
preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición. Pasado el plazo se remitirá la documentación a la Comisión de Valoración
para su inadmisión o admisión definitiva.
3.5. La presentación de solicitudes implica la aceptación de las presentes bases.