Fundación Extremeña De La Cultura. Convocatoria. (2025080772)
Anuncio de 5 de mayo de 2025 sobre las bases de la convocatoria para la selección de cortometrajes integrantes del "Catálogo Jara 2025. Cortometrajes de Extremadura".
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NÚMERO 89
Lunes 12 de mayo de 2025

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c. La distribución tendrá una duración de un año a contar desde la correcta entrega de los
materiales por parte de los productores de los cortometrajes seleccionados.
d. Realización de tarjetas o dípticos con acceso al catálogo a través de código QR del Catálogo Jara 2025, así como la adaptación de archivos y documentación para las plataformas digitales de distribución.
e. Envío y gestión del tráfico de copias de proyección y documentación a festivales en los
formatos requeridos por los mismos.
f. Inclusión de un espacio informativo de los cortometrajes seleccionados en el sitio web
https://extremaduraaudiovisual.com , que contendrá toda la documentación técnica y
artística del cortometraje, así como información y descargas de materiales de cada cortometraje para profesionales del sector y festivales.
g. S
 eguimiento y comunicación de las selecciones en festivales.
2. Requisitos de los solicitantes.
2.1. Los solicitantes y los trabajos presentados deberán reunir los siguientes requisitos:


a. Los interesados en participar en el proceso de selección deberán ser autores (considerándose autor al director de la obra) o productores que tengan un vínculo significativo con la región de Extremadura. Este vínculo puede demostrarse mediante el
nacimiento, residencia actual, o mediante la realización de actividades profesionales
significativas en la región. En el caso de personas jurídicas, deberán tener domicilio
social en territorio extremeño o demostrar una colaboración sustancial con entidades
locales. En el caso de las productoras que hayan realizado el cortometraje en régimen de coproducción con otras empresas de fuera de la región, deberán presentar el
contrato suscrito y la productora extremeña deberá poseer al menos un porcentaje
de participación del 30%.



b. Cada autor o productor podrá presentar cuantos cortometrajes estime conveniente
siempre de acuerdo a las normas y limitaciones recogidas en estas bases.



c. Podrán participar en esta convocatoria cortometrajes cuya fecha de producción sea a
partir del 1 de enero de 2024.



d. La duración máxima de los cortometrajes presentados deberá ser inferior a los 30
minutos, títulos de crédito incluidos.