Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2025080766)
Anuncio de 30 de abril de 2025 por el que se someten a información pública el proyecto de explotación, el plan de restauración y el estudio de impacto ambiental de la solicitud de prórroga de vigencia de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) de la Ley de Minas denominada "Alfa 1.ª", n.º 10C09797-10, en el término municipal de Acehúche (Cáceres).
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NÚMERO 88
Viernes 9 de mayo de 2025

25700

El material de rechazo se utilizará en su totalidad en el relleno de
los huecos provocados por la extracción. El único residuo minero
que se genera, de acuerdo con el RD 975/2009 y su posterior
Instalaciones de residuos mineros
modificación con el RD 777/2012, es la tierra vegetal, la cual es
acopiada en montones para su posterior reutilización en las labores de restauración.
Volumen instalación Residuos Mineros (Cantidad total)

27.450 m3

Altura máxima instalación de resi2 m.
duos mineros
Clasificación de las instalaciones
de residuos mineros

No Categoría A.

Propuesta de resolución al plan de restauración: A la vista de la documentación aportada por
el interesado, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución
favorable al plan de restauración presentado, sin perjuicio de las alegaciones que pudieran
ser presentadas en el periodo de información pública, y de los informes o condicionados que
pudieran presentar los organismos consultados.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del
plazo citado anteriormente, en el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, avenida Clara Campoamor, n.º 2, 3.ª planta, de Cáceres, por cualquiera de los medios que a tal
efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las Administraciones Públicas.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la sección C) “Alfa 1.ª”, n.º 10C09797-10,
así como autorizar el Plan de Restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas. El órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental es la Dirección
General de Sostenibilidad.
El procedimiento de participación pública es el establecido en los artículos 6.5 del Real Decre­
to 975/2009, de 12 de junio, artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, y artículo 36 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Cáceres, 30 de abril de 2025. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera, JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO.