Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025061831)
Extracto de la Resolución de 24 de abril de 2025, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea II a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+) que hayan obtenido evaluación positiva en la primera etapa.
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NÚMERO 86

25108

Miércoles 7 de mayo de 2025

En consecuencia, el importe del total de las ayudas acogidas al régimen de mínimis que
pueda concederse a una determinada empresa no será superior a 300.000 € durante cualquier periodo de tres años.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. E
 l plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de
ocho meses a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura
(http://doe.juntaex.es) la presente resolución. La resolución y el extracto de la convocatoria se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto en el artículo
16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. Los interesados deberán solicitar las subvenciones, durante el periodo de vigencia de la
convocatoria, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha
de la contratación. En el caso de que en el plazo anterior no se hubiere aprobado la convocatoria, el citado plazo de un mes se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
3. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión
sin más trámites, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Otros datos.
1. E
 l abono de la subvención se realizará en un pago único, por el importe total de la ayuda
concedida, una vez dictada la resolución de concesión.
2. 
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información
sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
https://www.juntaex.es/w/0615522?inheritRedirect=true , en la forma establecida en los
artículos 4 y 47 del Decreto 40/2024, de 7 de mayo, dentro de la ficha correspondiente al
trámite desde dónde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar
la solicitud.
Mérida, 24 de abril de 2025.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución de 14 de septiembre de
2023
DOE núm. 180, de 19 de septiembre,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO

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