Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025061830)
Extracto de la Resolución de 24 de abril de 2025, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+).
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NÚMERO 86

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Miércoles 7 de mayo de 2025

Cuarto. Cuantía.
El importe global de esta convocatoria es de 3.900.000 euros, de los cuales 3.510.000 euros
corresponden al ejercicio 2025 y 390.000 euros al ejercicio 2026, con cargo a los créditos
del Servicio Extremeño Público de Empleo en el siguiente código presupuestario 20230070,
“Crisol Formación”, fuente de financiación FS, con la siguiente distribución por aplicaciones y
ejercicios presupuestarios:
Año 2025:
140130000 G/242B/47000 FS21422H02 20230070

668.572,00 euros.

140130000 G/242B/48000 FS21422H02 20230070

2.841.428,00 euros.

Año 2026:
140130000 G/242B/47000 FS21422H02 20230070

74.286,00 euros.

140130000 G/242B/48000 FS21422H02 20230070

315.714,00 euros.

El importe de la convocatoria con cargo a este proyecto de gasto está cofinanciada en un
porcentaje del 85 % por el Fondo Social Europeo + con cargo al Programa Extremadura FSE
+ 2021-2027, Objetivo político 4 “Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales”, dentro de la prioridad 2 “Inclusión social y lucha
contra la pobreza”, Objetivo específico 4.8 “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la
empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos”, medida 2.H.2 “Programa de
formación en alternancia con el empleo crisol formación. Línea II”..
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente
al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es).
Sexto. Condiciones de proyectos.
1. En virtud del artículo 14.4 del referido decreto, el número de participantes por proyecto
será de 15.
2. Cuando el itinerario formativo del proyecto vaya dirigido a la obtención por las personas
participantes de certificados profesionales, se deberá indicar en la solicitud de qué certifi-