Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2025080727)
Anuncio de 25 de abril de 2025 por el que se da publicidad a la concesión de subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta correspondientes al año 2024.
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NÚMERO 84
Lunes 5 de mayo de 2025
24507
ANUNCIO de 25 de abril de 2025 por el que se da publicidad a la concesión
de subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por
el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta
correspondientes al año 2024. (2025080727)
La Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID),
incluyendo entre sus funciones la propuesta de convocatorias y concesión de ayudas y subvenciones en dicha materia.
El artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye las competencias en materia de cooperación
internacional a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, donde se integra la
Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo conforme a lo dispuesto
en el artículo 1.4 del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17 la obligación de publicar las subvenciones concedidas en
el Diario Oficial de Extremadura con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la
subvención. De acuerdo con ello, el Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE n.º 28, de 11 de febrero) dispone la necesidad de publicar, además, el país en el que
se llevará a cabo la acción subvencionada.
Por Resolución de 28 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 135, de 12 de julio), se convocan subvenciones a proyectos para acciones humanitaria tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2024, bajo la modalidad de cooperación concertada.
Examinados los proyectos presentados, comprobada la concurrencia de los requisitos, conforme al artículo 56.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, de acuerdo con la propuesta de la
Gerente de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo y una vez
resueltas y notificadas las resoluciones a las entidades beneficiarías, procede dar publicidad a
la concesión de las ayudas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57, párrafo tercero,
del referido decreto así como en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lunes 5 de mayo de 2025
24507
ANUNCIO de 25 de abril de 2025 por el que se da publicidad a la concesión
de subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por
el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta
correspondientes al año 2024. (2025080727)
La Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID),
incluyendo entre sus funciones la propuesta de convocatorias y concesión de ayudas y subvenciones en dicha materia.
El artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye las competencias en materia de cooperación
internacional a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, donde se integra la
Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo conforme a lo dispuesto
en el artículo 1.4 del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17 la obligación de publicar las subvenciones concedidas en
el Diario Oficial de Extremadura con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la
subvención. De acuerdo con ello, el Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo (DOE n.º 28, de 11 de febrero) dispone la necesidad de publicar, además, el país en el que
se llevará a cabo la acción subvencionada.
Por Resolución de 28 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 135, de 12 de julio), se convocan subvenciones a proyectos para acciones humanitaria tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2024, bajo la modalidad de cooperación concertada.
Examinados los proyectos presentados, comprobada la concurrencia de los requisitos, conforme al artículo 56.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, de acuerdo con la propuesta de la
Gerente de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo y una vez
resueltas y notificadas las resoluciones a las entidades beneficiarías, procede dar publicidad a
la concesión de las ayudas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57, párrafo tercero,
del referido decreto así como en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.