Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061531)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental, del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, ubicada en el paraje "Huseros" en el polígono 36, parcela 97, del término municipal de Almendralejo (Badajoz). Expte.: IA19/0419.
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NÚMERO 76
Martes 22 de abril de 2025
21780
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental, del proyecto de concesión
de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, ubicada en el
paraje "Huseros" en el polígono 36, parcela 97, del término municipal de
Almendralejo (Badajoz). Expte.: IA19/0419. (2025061531)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación
ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, en el
polígono 36, parcela 97, del término municipal de Almendralejo (Badajoz) y cuyos promotores
son Antonio Manuel y Francisco José Prieto Rejano, es encuadrable en el anexo V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y en el anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos
de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie
superior a 10 ha”.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El objeto del proyecto es legalizar las actuaciones ya ejecutadas necesarias para llevar a
cabo la transformación de una superficie dedicada a la explotación en secano de un cultivo
agrícola permanente de viñedo, hacia una explotación del mismo cultivo en régimen de
regadío.
Se trata de la puesta en marcha en regadío con un sistema de riego por goteo de una
parcela agrícola, que tienen una superficie total de 14,7182 ha de viñedo con un marco
de plantación de 2.60 x 2 m. El proyecto no se encuentra incluido en la Red Natura 2000.
Martes 22 de abril de 2025
21780
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental, del proyecto de concesión
de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, ubicada en el
paraje "Huseros" en el polígono 36, parcela 97, del término municipal de
Almendralejo (Badajoz). Expte.: IA19/0419. (2025061531)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación
ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 14,7182 ha de viñedo, en el
polígono 36, parcela 97, del término municipal de Almendralejo (Badajoz) y cuyos promotores
son Antonio Manuel y Francisco José Prieto Rejano, es encuadrable en el anexo V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y en el anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos
de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie
superior a 10 ha”.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El objeto del proyecto es legalizar las actuaciones ya ejecutadas necesarias para llevar a
cabo la transformación de una superficie dedicada a la explotación en secano de un cultivo
agrícola permanente de viñedo, hacia una explotación del mismo cultivo en régimen de
regadío.
Se trata de la puesta en marcha en regadío con un sistema de riego por goteo de una
parcela agrícola, que tienen una superficie total de 14,7182 ha de viñedo con un marco
de plantación de 2.60 x 2 m. El proyecto no se encuentra incluido en la Red Natura 2000.