Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040047)
Extracto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025/2026, establecida en el Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa Contrata Excelencia".
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NÚMERO 76
Martes 22 de abril de 2025
21621
EXTRACTO de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025/2026,
establecida en el Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación
de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de
práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa
Contrata Excelencia". (2025040047)
BDNS(Identif.): 827136
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobar la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2025/2026, de las subvenciones para
el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para
la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Programa
Contrata Excelencia”.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las empresas
privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras
autónomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas
físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica que, en su condición de
empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en esta norma en centros
de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo
de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica,
realicen contrataciones, sujetas a las condiciones establecidas en las bases reguladoras,
deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de cumplimiento de las obligaciones que será asumidos por todos
los miembros de la entidad en el porcentaje que les corresponda, teniendo, todos ellos,
la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona como
representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las
obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la
Martes 22 de abril de 2025
21621
EXTRACTO de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025/2026,
establecida en el Decreto 18/2025, de 1 de abril, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación
de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para la obtención de
práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, "Programa
Contrata Excelencia". (2025040047)
BDNS(Identif.): 827136
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobar la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2025/2026, de las subvenciones para
el fomento de la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante contratos para
la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Programa
Contrata Excelencia”.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las empresas
privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras
autónomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas
físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica que, en su condición de
empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en esta norma en centros
de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo
de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica,
realicen contrataciones, sujetas a las condiciones establecidas en las bases reguladoras,
deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de cumplimiento de las obligaciones que será asumidos por todos
los miembros de la entidad en el porcentaje que les corresponda, teniendo, todos ellos,
la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona como
representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las
obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la