Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061449)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de segunda prórroga del Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y Fundación Diversión Solidaria para la promoción de actuaciones que mejoren la estancia de pacientes ingresados en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Badajoz, a través de la música, suscrito el 14 de abril de 2023.
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NÚMERO 75

21363

Lunes 21 de abril de 2025

Tercero. En el DOE n.º 93, de 15 de mayo de 2024 se publicó el Acuerdo de prórroga del
Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y Fundación Diversión Solidaria para la promoción de actuaciones que mejoren
la estancia de pacientes ingresados en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Badajoz, a través de la música, que produciría efectos por el periodo temporal de
un año, a contar desde el 25 de abril de 2024 hasta el 24 de abril de 2025, de conformidad
con lo establecido en la citada cláusula novena.
Cuarto. Estando próxima la finalización de la prórroga citada en el párrafo anterior y con el
fin de seguir realizando las actividades orientadas a mejorar la calidad de vida y el bienestar
físico y emocional de los pacientes ingresados en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Badajoz, ambas partes consideran necesario formalizar un nuevo Acuerdo
de prórroga del convenio de colaboración indicado, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Duración del acuerdo de segunda prórroga del convenio.
De conformidad con la cláusula novena del Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia
Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y Fundación Diversión Solidaria para la
promoción de actuaciones que mejoren la estancia de pacientes ingresados en la Unidad de
Cuidados Intensivos del Hospital Universitario de Badajoz, a través de la música, publicado
en DOE n.º 77, de 24 de abril de 2023 y prorrogado por un período de un año, concretamente
desde el 25 de abril de 2024 hasta el 24 de abril de 2025 (DOE n.º 93, de 15 de mayo de
2024), se prorrogan nuevamente sus efectos, mediante este acuerdo de segunda prórroga
por otro periodo temporal de un año, a contar desde el 25 de abril de 2025 hasta el 24 de
abril de 2026.
Segunda. Mantenimiento del resto de las cláusulas del convenio.
Las partes acuerdan expresamente, que se mantienen el resto de las cláusulas, términos y
obligaciones contenidas en el texto del convenio inicial, siendo de aplicación a este acuerdo
de segunda prórroga todos los compromisos establecidos en el mismo.
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente acuerdo de segunda
prórroga, en Mérida a la fecha de la última firma electrónica.

Por la Consejería de Salud y
Servicios Sociales.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
D.ª SARA GARCÍA ESPADA

Por la Fundación Diversión Solidaria.
El Presidente de la Fundación,
D. LUIS JOSÉ PARRA OÑA