Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2025061551)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se establece el procedimiento y el plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en los procesos selectivos convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022, modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025

20907

Tercero. Las personas aspirantes que se encuentren en alguno de los supuestos anteriormente indicados realizarán su renuncia mediante escrito en el que concretan el cuerpo, grupo,
especialidad o categoría por la que opta, lo que supondrá que se entienda que renuncian al
resto de cuerpos, grupos, especialidades o categorías.
La solicitud de opción estará disponible en página web de la Junta de Extremadura
https://procesoselectivo.juntaex.es/portalseleccionjunta.
Cuarto. Procedimiento para la realización de la opción.
4.1. Plazo de opción.
El plazo para realizar la opción será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución.
En caso de no presentar la solicitud de opción dentro de ese plazo, la Dirección General
de Función Pública acordará de oficio la exclusión de la persona aspirante, atendiendo a la
puntuación total obtenida en los distintos procesos selectivos, manteniendo la adjudicación
de la plaza correspondiente al proceso en el que haya obtenido mayor puntuación.
4.2. El procedimiento para realizar dicha opción será el siguiente:
— Se presentará una única solicitud de opción por cada persona aspirante seleccionada
incluida en los supuestos indicados en el apartado segundo.
— La simple cumplimentación de la solicitud de opción no exime de su presentación en uno
de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en plazo.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que
fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la
cumplimentación de las solicitudes.
Para presentar la solicitud de opción deberán realizarse los siguientes pasos:


1º. DESCARGA de la solicitud de opción.



2º. CUMPLIMIENTACIÓN de la solicitud de opción.



3º. REGISTRO de la solicitud de opción.



4º. R
 EMISIÓN por correo electrónico de copia de la solicitud de opción cumplimentada
y registrada.