Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2025061551)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se establece el procedimiento y el plazo de renuncia por las personas aspirantes seleccionadas para más de un Cuerpo, Grupo, Especialidad o Categoría en los procesos selectivos convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022, modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025

20905

En tal sentido el apartado 7 de la base octava de la Orden de convocatoria añadido en virtud
de la modificación llevada a cabo por la Orden de 17 de diciembre de 2024, establece que las
personas aspirantes no podrán resultar adjudicatarias de más de una de las plazas convocadas en el marco de los procesos de estabilización, por el sistema de concurso de méritos o
concurso-oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo, grupo, especialidad o categoría de pertenencia de estas, así como que aquellas personas aspirantes que hayan superado los procesos selectivos convocados en el marco de los procesos de estabilización para la
reducción de la temporalidad en el empleo público en más de un cuerpo, grupo, especialidad
o categoría, deberá formular renuncia a todas aquellas plazas distintas a la de su elección, de
forma expresa y por escrito, en el plazo de los 5 días hábiles siguientes a la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de la Dirección General de Función Pública por
la que se acuerde la apertura de dicho trámite.
Por último, se establece que en caso de no efectuar renuncia dentro del plazo concedido, la
Dirección General de Función Pública acordará de oficio la exclusión de la persona aspirante,
atendiendo a la puntuación total obtenida en los distintos procesos selectivos, manteniendo
la adjudicación de la plaza correspondiente al proceso en el que haya obtenido mayor puntuación.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General, en virtud de las
competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre
atribución de competencias en materia de personal y de conformidad con lo establecido en el
apartado 7 de la base octava de la Orden de convocatoria, en la redacción dada por la Orden
de 17 de diciembre de 2024,
RESUELVE:
Primero. Establecer el procedimiento y la apertura del plazo para que personas aspirantes
seleccionadas para más de un cuerpo, grupo, especialidad o categoría en los procesos selectivos convocados por Órdenes de 28 de diciembre de 2022, modificadas por Órdenes de 17 de
diciembre de 2024, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso por el procedimiento de concurso-oposición y
por el sistema excepcional de concurso de méritos a plazas vacantes de los distintos Cuerpos
y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías
y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura procedan a la renuncia de todas ellas, menos de la que elijan.